mexico
La aclaración constituye finalmente una promoción ante autoridad fiscal, cuya naturalezajurídica es la de ser una instancia de petición o solicitud de aclaración.
El escrito inicial debe cumplir los requisitos formales a que hace referencia el artículo 18 de la CFF. Debe constar por escritolo siguiente:
nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal manifestado en el registro federal de contribuyentes, para efecto de fijar la competencia de la autoridad y la clave que lecorresponde en dicho registro.
Señalar autoridad a que se dirige y propósito de la promoción.
Domicilio para oír y recibir notificaciones y nombre de la persona autorizada para recibirlas.
Debe irfirmada por el interesado o por quien esté legalmente autorizado para ello.
Debe presentarse con el número de ejemplares que precise la autoridad fiscal y anexando copia de las pruebas que sejuzguen convenientes.
Artículo 33-A.- Los particulares podrán acudir ante las autoridades fiscales dentro de un plazo de seis días siguientes a aquél en que haya surtido efectos lanotificación de las resoluciones a que se refieren los artículos 41, fracciones I y III, 78, 79 y 81, fracciones I, II y VI de este Código, así como en los casos en que la autoridad fiscal determine mediantereglas de carácter general, a efecto de hacer las aclaraciones que consideren pertinentes, debiendo la autoridad, resolver en un plazo de seis días contados a partir de que quede debidamente integradoel expediente mediante el procedimiento previsto en las citadas reglas.
Lo previsto en este artículo no constituye instancia, ni interrumpe ni suspende los plazos para que los particulares...
Regístrate para leer el documento completo.