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Si lasemana pasada el presidente Chávez se abocó a “profundizar el socialismo” con la intervención de hatos e industrias de alimentos, esta semana les tocó el turno a los niveles medios del poder políticonacional, pues la reforma se aprobó en cuestión de horas.
El estado es la unidad territorial equivalente al departamento en Colombia.
Aunque la Carta Magna venezolana establece, en su artículo 4, queVenezuela es un “Estado federal descentralizado”, la ley reformada, que será promulgada oficialmente el martes 17 de este mes, contiene tres artículos que han desatado intenso debate y molestia en laoposición.
Y es que a pesar de lo que reza la Constitución, el artículo 8 señala textualmente: “El Poder Público Nacional por órgano del Ejecutivo Nacional podrá revertir por razones estratégicas, demérito, oportunidad o conveniencia la transferencia de las competencias concedidas a los estados”. El artículo siguiente establece que esa intervención podrá ser “decretada” por el Presidente de laRepública en Consejo de Ministros.
La reforma establece ahora que la Presidencia de la República “ejercerá la rectoría” de las carreteras, autopistas, puertos y aeropuertos del territorio, otracompetencia que, según el artículo 164 de la Constitución vigente, es “competencia exclusiva” de los estados, además de ser una de sus fuentes de ingreso.
Uno de los juristas más destacados del país,Enrique Sánchez Falcón, explicó a periódicos locales que desde 1989 “el proceso de transferencia de competencias desde el poder central a las regiones tenía originalmente fundamento legal, pero desde quese aprobó la Constitución de 1999 tiene basamento constitucional. Las disposiciones constitucionales son las que les otorgan a los estados esas competencias, de manera que revertirlas es ir contra lo...
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