Acciones Interdictales

Páginas: 22 (5464 palabras) Publicado: 2 de abril de 2012
TEMA 6

ACCIONES INTERDICTALES

1. DEFINICIÓN.

2. CARACTERÍSTICAS.

3. COMPETENCIA.

4. ANTECEDENTES HISTÓRICOS (DERECHO ROMANO).

5. LOS INTERDICTOS EN EL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO.

1. INTERDICTO DE AMPARO, QUEJA O MANTENIMIENTO.

2. INTERDICTO DE DESPOJO, REINTEGRO O RESTITUCIÓN.

3. INTERDICTO DE OBRA NUEVA.

4. INTERDICTO DE OBRAVIEJA.

• DEFINICIÓN.

• SUPUESTO DE PROCEDENCIA.

• QUERELLANTE O LEGITIMADO ACTIVO.

• QUERELLADO O LEGITIMADO PASIVO.

• BIENES PROTEGIDOS.

• PLAZO.

• PRUEBAS A CARGO DEL ACTOR.

• EXCEPCIONES DEL DEMANDADO.

• EFECTOS.

• NATURALEZA JURÍDICA.
















1. Definición.

¿Por qué nacen las AccionesInterdictales?

Nacen como mecanismos de defensa del derecho a la posesión , se les conoce por la doctrina nacional, como acciones posesorias, las cuales están enlazadas a procesos especiales que se dedican a la protección del poseedor contra la pérdida, substracción, molestias y/o perturbación o amenazas de daño próximo sobre las cosas que posee. Van a proteger al poseedor tenga derecho o no a poseer(solo demostrando la posesión aun y cuando tenga su origen en hechos ilícitos).

Las Acciones Interdictales son juicios (se hacen ante un órgano competente el Tribunal Judicial), sumatorios (incluso el Juez dicta la decisión sin conocimiento de la otra causa), breves (celeridad) que protegen al poseedor, contra toda molestia o perturbación (interdicto de amparo), contra cualquier despojo(interdicto de despojo) o contra cualquier peligro de daño eminente (interdicto de obra nueva e interdicto de obra vieja).

Nace como nace el Derecho para poner alto a los abusos de poder, a las vías de hecho, para asegurar la integridad y la paz social, para evitar que las personas hagan justicia por su propia mano, para evitar la aplicación de la Ley del Talión (ojo por ojo y diente pordiente).




2. Características.

a. Se discute si las acciones posesorias son acciones reales o personales.

• Son acciones reales, ya que protegen bienes muebles e inmuebles. Salvo el interdicto de amparo que solo protege bienes inmuebles, derechos reales y universalidades de bienes muebles.

b. La defensa interdictal es AUTONOMA en el sentido de que se concede al poseedor encuanto tal e independientemente de que él, el demandado o un tercero sea el verdadero de cuya posesión se trata.

Es más, esa titularidad no puede ser discutida dentro del juicio posesorio que debe mantenerse dentro de los límites de las situaciones de hecho comprometidas y cualquier pronunciamiento sobre la titularidad de la propiedad u otro Derecho Petitorio. Por ello mismo en los juiciosinterdictales no puede suplirse la prueba de la posesión por la prueba de la propiedad o derecho mediante sus correspondientes títulos, los que, no obstante, aunque estos no son solamente irrelevantes ya que pueden demostrar algunos caracteres de la posesión, pueden facilitar la prueba de su duración cuando se invoca la presunción de la posesión anterior que favorece al poseedor actual que posee enfuerza de titulo o cuando se invoca la continuación o la unión de posesione. En todo caso, por la naturaleza de la posesión, la prueba documental tiene una importancia muy secundaria, mientras que la prueba testimonial es de capital importancia.

c. Los interdictos son ACCIONES INTERINAS o de PROTECCIÓN INTERINA (provisionales, temporales) en el sentido que no protegen si este es luegovencido por el propietario o titular de otro derecho real en juicio petitorio. (la posesión es cambiante, el que posee hoy puede dejar de serlo mañana)

d. Las acciones posesorias y las acciones petitorias no pueden intentarse en un mismo juicio.

e. Las cuestiones nacidas de la interpretación o inejecución total o parcial de contratos no pueden ventilarse por vía interdictal. OJO

En el...
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