ACDO 717 LINEAMIENTOS DE GESTION
DOF - Diario Oficial de la Federación
DOF: 07/03/2014
ACUERDO número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos;; 2o., 3o., 6o., 8o., 12, fracción V Bis y 28 Bis de la Ley General de Educación;; 5,
fracción XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONS IDERANDO
Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Mexicanos establece la obligación del Estado de garantizar la
calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la
infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los
educandos;;
Que la Ley General de Educación dispone que todo individuo tiene derecho a recibir educación de calidad, entendida ésta
como la garantía del máximo logro de aprendizaje de todos los educandos, a partir de la congruencia entre los objetivos,
resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad;;
Que la educación de calidad se debe brindar bajo el principio de equidad, por lo que todos los habitantes del país deben
tener las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional en función de una atención diferenciada que
considere su individualidad, su contexto social, su ámbito cultural y su entorno geográfico;;
Que es indispensable la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, con sentido de
responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de familia y docentes, para alcanzar los fines y
principios que se contienen en la Ley Suprema y en la Ley General de Educación;;
Que las autoridades educativas Federal y locales están obligadas a incluir en el proyecto de presupuesto que sometan a
la aprobación de la Cámara de Diputados y de las legislaturas locales, los recursos suficientes para fortalecer la autonomía
de la gestión escolar;;
Que de conformidad con el artículo 28 Bis de la Ley General de Educación, las autoridades educativas Federal, locales y
municipales, en el respectivo ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la
autonomía de gestión de las escuelas, para cuyo efecto la Secretaría de Educación Pública debe emitir los lineamientos para
formular dichos programas, mismos que tendrán como objetivos:
Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;;
Desarrollar una planeación anual de actividades, con metas verificables y puestas en conocimiento de la autoridad y
la comunidad escolar, y
Administrar en forma transparente y eficiente los recursos que reciba para mejorar su infraestructura, comprar
materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que
alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada
escuela enfrenta.
Que el fortalecimiento de la...
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