acuerdos de México
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección-Vespertina)
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DECRETO que establece las bases conforme a las cuales se aplicará el Acuerdo de Alcance Parcial
No. 38, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Paraguay.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
ERNESTO ZEDILLOPONCE DE LEON, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la
facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
con fundamento en los artículos 2o. y 14 de la Ley de Comercio Exterior; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el 28 de diciembre de 1980 fue aprobado por elSenado de la República el Tratado de Montevideo
1980, cuyo Decreto de promulgación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de
1981, con objeto de proseguir el proceso de integración latinoamericano y establecer a largo plazo, en forma
gradual y progresiva, un mercado común, para lo cual se instituyó la Asociación Latinoamericana de
Integración (ALADI);
Que el Plan Nacionalde Desarrollo 1995-2000 señala dentro de las estrategias relativas a los nuevos
vínculos de la política interior y exterior, el fortalecer con América del Sur los mecanismos regionales de
diálogo político y de integración económica y expandir los acuerdos comerciales a otras naciones del
hemisferio;
Que en el marco del Tratado de Montevideo 1980 los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos yla
República del Paraguay, suscribieron el 31 de mayo de 1993 el Acuerdo de Alcance Parcial No. 38, mismo
que señala diversas preferencias arancelarias, otorgadas por dichos países, identificadas en los términos de
la Nomenclatura de la ALADI (NALADISA), y
Que para la exacta observancia del Acuerdo de Alcance Parcial No. 38, en virtud de que se han negociado
diversos cambios al mismo,plasmados hasta su séptimo protocolo adicional, es necesario establecer la tabla
de equivalencias de la Nomenclatura de la ALADI con la Tarifa de la Ley del Impuesto General de
Importación, que permita a su vez aplicar las preferencias arancelarias actualizadas, otorgadas por los
Estados Unidos Mexicanos en el marco del referido Acuerdo, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO QUE ESTABLECELAS BASES CONFORME A LAS CUALES SE APLICARA EL ACUERDO DE
ALCANCE PARCIAL No. 38, SUSCRITO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA
DEL PARAGUAY
ARTICULO PRIMERO.- Para la aplicación de las preferencias arancelarias porcentuales otorgadas por los
Estados Unidos Mexicanos y la República del Paraguay, se estará a la siguiente:
Miércoles 17 de abril de 2000
DIARIO OFICIAL(Primera Sección)
TABLA DE LAS PREFERENCIAS ARANCELARIAS PORCENTUALES QUE OTORGAN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL No. 38
FRACCION
NALADISA
MEXICANA
(1)
(2)
0101
TEXTO
(3)
CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGANOS, VIVOS.
0101.1
CABALLOS:
0101.11.00
0101.19
0101.11.01
REPRODUCTORES DE RAZA PURA
LOS DEMAS
0101.19.10
0101.19.01DE CARRERA
0101.19.99
0101.19.20
0101.19.01
DE POLO
0101.19.99
OBSERVACIONES
(4)
PREFERENCIA
PORCENTUAL
(5)
100
DE PEDIGREE
100
EXCEPTO DE PEDIGREE
100
DE PEDIGREE
100
EXCEPTO DE PEDIGREE
100
0101.19.30
0101.19.02
REPRODUCTORES
EXCEPTO DE PEDIGREE
100
0101.19.90
0101.19.99
LOS DEMAS
PARA TRABAJO, EXCEPTO DE PEDIGREE100
0101.19.99
LOS DEMAS, EXCEPTO DE PEDIGREE
100
0101.19.99
DE PEDIGRE
100
DE PEDIGREE
100
LOS DEMAS
100
MULOS
100
MERLUZA
68
MERLUZA
68
DESCREMADA O DESNATADA
100
0101.20
ASNOS, MULOS Y BURDEGANOS
0101.20.01
ASNOS
0101.20.01
0101.20.20
0101.20.01
MULOS Y BURDEGANOS
0305
PESCADO SECO, SALADO O EN SALMUERA; PESCADO...
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