Administración
El recurso contra las conductas omisivas de la Administración, tiene su fundamento, por una parte, en el incumplimientopor parte de la Administración de una obligación legal concreta de decidir o de cumplir determinados actos, y por la otra, en el derecho subjetivo de un sujeto de derecho a que la Administracióncumpla los actos a que está obligada. Por tanto, en la base de este recurso está una relación jurídica (deber-poder) específica, que se concreta en una obligación también específica de poder de un sujetode derecho, que se configura como un derecho subjetivo de orden administrativo a la actuación administrativa.
No se trata, consecuentemente, de la obligación genérica de la Administración a daroportuna respuesta a las peticiones de particulares, ni del derecho también genérico de estos a obtener oportuna respuesta a sus peticiones presentadas ante la Administración (Art. 51 Constitucional).Se trata, en cambio, de una relación obligación-derecho establecida entre la Administración y un particular, a una actuación administrativa determinada.
Tal competencia se encuentra atribuida a laSala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en los términos siguientes:
Artículo 5. “Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República:(…Omissis…)
26. Conocer de la abstención o negativa del Presidente o Presidenta de la República, del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva de la República y de los Ministros oMinistras del Ejecutivo Nacional, así como de las máximas autoridades de los demás organismos de rango constitucional con autonomía funcional, financiera y administrativa y del Alcalde del Distrito Capital,a cumplir específicos y concretos actos a que estén obligados por las Leyes;
(…Omissis…)
El Tribunal conocerá en Sala Plena lo asuntos a que se refiere este artículo en sus numerales 1 al 2....
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