ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LAS CONVENCIONES PROBATORIAS EN EL CODIGO PROCESAL PENAL DE 2004

Páginas: 8 (1851 palabras) Publicado: 8 de diciembre de 2013
ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LAS CONVENCIONES PROBATORIAS EN EL CODIGO PROCESAL PENAL DE 2004

Luis Ramírez S.1


SUMARIO: 1) Introducción; 2) Noción; 3) Legitimados en proponerlo; 4) Justificación político criminal; 5) La convención probatoria y el principio de necesidad de la prueba; 6) La posibilidad del juez de desvincularse del convenio probatorio; 7) La no recurribilidad de la decisiónde desvinculación del convenio; 8) Efectos de la admisión de los hecho; 9) La convención probatoria en la legislación comparada; 10) Conclusiones.

1. Introducción
El Nuevo Código procesal penal de 2004 (en adelante CPP) introdujo instituciones que tienden simplificar el decurso del proceso, y que están siendo utilizadas cada vez con mayor incidencia por los operadores jurídicos, enespecial, las que versan sobre aspectos de la justicia penal negociada y mecanismos de simplificación procesal.
Dentro de estos últimos, tenemos a las convenciones probatorias que viene demostrando tener su efectividad al apoyar en la celeridad de la audiencia de juicio oral, toda vez que, en la actualidad, las partes la vienen utilizando; sin embargo se aprecia la problemática que aún haymucho desconocimiento sobre su adecuada aplicación así como ciertos vacios normativos de la institución.

En el presente trabajo, se ofrece al lector dar unas pinceladas orientado no tanto a resolver un tema de la problemática que se suscita en la praxis, sino invitar a reflexión e, incentivar a que realicen posteriores investigación al respecto y, con ello, seguir enriqueciendo elconocimiento de nuestras instituciones procesales.


2. Noción
A decir de TALABERA2, “las convenciones probatorias o estipulaciones de prueba son acuerdos celebrados entre el fiscal y la defensa para tener por probados alguno o algunos hechos o sus circunstancias, así como sobre los medios de prueba que deban ser utilizados para probar determinados hechos”; es decir, son acuerdos tomados entrelas partes en un proceso penal. Estos acuerdos pueden versar sobre hechos, circunstancias, incluso medios de prueba. Siendo que, para que se produzca la convención probatoria, se requerirá el consenso de las partes principales y adversarias.
Constituye una excepción al principio de necesidad de la prueba y una expresión más de un modelo adversativo, en el cual las partes tienen mayorpresencia o intervención.

3. Legitimados en proponerlo
Conforme al artículo 350°2, podrán proponer convención probatoria: i) El Fiscal y la defensa, respecto de la pretensión penal y civil – si fuera el caso-; ii) El actor civil y la defensa, respecto de la pretensión civil; iii) El tercero civil y el actor civil, respecto de la pretensión civil. Ya que la reparación civil, en el artículo 92 delCódigo Penal, también admite convención sobre sus supuestos, a saber: a) la restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; y, b) La indemnización de los daños y perjuicios.
Ahora bien, lo acuerdos probatorios deben constar en acta y ser propuestos directamente al juez por las partes. No se trata de un petición o solicitud conjunta.

4. Justificación político criminalEvidentemente, estamos frente a una institución procesal que promueve la economía procesal, en la medida que intenta suprimir el debate de aquellas cuestiones que, en realidad, no suscitan una controversia entre las partes; pudiéndose resolver un caso de esa manera en el tiempo más breve posible.
Supongamos tener un caso de cohecho, en el que el funcionario acusado en ningún momentodiscrepa que recibió una suma de dinero (ya sea porque su tesis de defensa está dirigida en el sentido de que era un encargo asumido, un pago por un préstamo otorgado que no tenía nada que ver con los hechos investigados, etc.). ¿Ante este supuesto sería conveniente que el Fiscal y el imputado celebren una convención probatoria en relación con la recepción de la suma de dinero?, qué duda cabe...
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