Amparo Directo

Páginas: 5 (1126 palabras) Publicado: 12 de octubre de 2012
EXP. NUM. 963/2008
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
LIC. FERNANDO JACOBO RECOBOS RUIZ.
VS.
HUMBERTO JOSE ALEMAN SAUCEDA Y CODEM

33
C. JUEZ TERCERO DEL RAMO CIVIL
P R E S E N T E .-

LIC. PABLO RECOBOS RUIZ, con la personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos del Juicio que al rubro se señala, ante Usted con el debido respeto comparezco, y pasoa exponer:

Por medio del presente escrito, en ejecución de Sentencia y con fundamento en el los artículos, 1082, 1083, 1085, 1088 Y 1088 del Código de Comercio en vigor, vengo a formular INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE COSTAS, a que fue condenada a pagar la parte demandada en la Sentencia dictada en el Juicio en que comparezco, y al efecto me permito realizarlo de la siguiente manera:a).- Por el pago de la cantidad de $13,774.84 (TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 84/100 M.N), la cual corresponde al 20% de la cantidad de $68,874.24 (SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 24/100 M.N.), cantidad total a que fue condenada a pagar la parte demandada, mediante resolución Definitiva de fecha 27 de enero del 2009, por la cantidad de $37,111.00, por conceptode suerte principal, la cantidad de $13,860.56 por concepto de Intereses normales derivada de la Resolución Interlocutoria de Fecha 02 de Octubre del 2009 y la cantidad de $17,902.68 por concepto de Intereses Moratorios, cantidad derivada de la Resolución Interlocutoria de Fecha 22 de Abril del 2010, cantidades que sumadas entre si, nos dan el gran total de $68,874.24, a que tengo derecho comocantidades liquidas. Así mismo me permito transcribir la siguiente jurisprudencia a efecto de normar el criterio de su Señoría:

Novena Epoca
Instancia: Primera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo: VIII, Agosto de 1998
Tesis: 1a./J. 35/98
Página: 156

CUANTÍA DEL NEGOCIO. INCLUYE LA SUERTE PRINCIPAL Y LOS INTERESES DEMANDADOS PARA EL EFECTO DE REGULARLOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS (DISTRITO FEDERAL). La entonces Tercera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció el criterio jurisprudencial contenido en la contradicción de tesis 8/88 con el rubro: "CUANTÍA DEL NEGOCIO. INCLUYE LA SUERTE PRINCIPAL Y LOS INTERESES DEMANDADOS PARA EL EFECTO DE REGULAR LOS HONORARIOS DE LOS ABOGADOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO)." elcual resulta aplicable a la legislación del Distrito Federal, en virtud de que los artículos 229 y 230 de la derogada Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común en el Distrito Federal así como el artículo 128 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal establecen, para efectos de regular las costas que, para determinar los honorarios de losabogados debe atenderse al monto del negocio, concepto en el que se incluye tanto la suerte principal como los intereses reclamados en la demanda, en virtud de que el profesionista litiga, presta sus servicios y adquiere responsabilidad sobre la totalidad de las prestaciones que se discuten en el juicio.

Contradicción de tesis 54/97. Entre las sustentadas por el Tercer y Quinto Tribunales Colegiadosambos en Materia Civil del Primer Circuito. 6 de mayo de 1998. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juventino V. Castro y Castro. Secretario: José Pablo Pérez Villalba.

Tesis de jurisprudencia 35/98. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veinte de mayo de mil novecientos noventa y ocho, por unanimidad de cuatro votos de losMinistros presidente Humberto Román Palacios, Juventino V. Castro y Castro, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo.

Fundo la presente PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y GASTOS, en los siguientes:

HECHOS

1.- Mediante Sentencia definitiva dictada por su Señoría y Planilla de Liquidación de Intereses, las cuales obran en...
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