Analisis de las providencias 030

Páginas: 11 (2590 palabras) Publicado: 29 de noviembre de 2015
Analisis de las providencias 030

Finanzas & Tributos / José Hernandez - 23/05/2013
En Gaceta Oficial identificada con el número  40.170 de fecha 20 de mayo de 2013 el SENIAT emitió una nueva providencia de retención en materia del Impuesto al Valor Agregado, sustituyendo la anterior normativa 0056.
Establece la designación y obligaciones tanto para órganos y entes públicos como entidadesprivadas en materia de retenciones de IVA.
 
Para el sector privado la norma Nº SNAT/2013 0030 establece cambios como en el artículo 14 el cual contempla que la retención del impuesto debe efectuarse independientemente del medio de pago utilizado, diferenciándose de la derogada Providencia 0056 la cual contemplaba que en los casos de pagos con tarjetas de débito o crédito no procedía la retencióncorrespondiente.
 
La providencia dicta en su artículo 23 que la misma aplicará a partir del primer día del segundo mes que se inicie luego de su publicación en gaceta oficial, es decir, el 1 de julio de 2013.
 
Para analizar el impacto y aplicabilidad de la normativa, Morillo Miguens y Asociados dictará un curso denominado “Nueva Providencia  de Retenciones de IVA (sector privado), y Documentaciónde Transacciones”, con duración de 8 horas teniendo lugar los días  30 de mayo y 6 de Junio en los Salones Gran Mirador Valencia. (www.salonesgranmirador.com)





PROVIDENCIA  ADMINISTRATIVA 

N° SNAT/2013 0030

En Gaceta Oficial N° 40.170 de fecha 20 de mayo de 2013 fue publicada la Providencia Administrativa N° SNAT/2013 0030 del Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria -SENIAT, mediante la cual se designan Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado, que entrará en vigencia el próximo 1 de julio de 2013 y deroga a la anterior Providencia Administrativa N° SNAT/2005/0056 de 27 de enero de 2005, publicada en Gaceta Oficial N° 38.136 de 28 de febrero de 2005. 

Entre los aspectos que resaltan en esta nueva providencia tenemos los siguientes:

Designación de losAgentes de Retención

Se suprime el primer párrafo del parágrafo segundo del artículo 2, “No perderá la condición de Agente de Retención los sujetos calificados como tales, con anterioridad  a la entrada en vigencia de la presente providencia.

Quedando un Parágrafo único con el último aparte de parágrafo eliminado.

Exclusiones

Se suprime el numeral 7 del artículo 3. No se aplicará la retencióna que se contrae esta Providencia cuando: 

7. “Las operaciones sean pagadas con tarjetas de débito o crédito, cuyo titular sea el agente de retención”

De manera, que los agentes de retención que utilicen estos instrumentos como medio de pago, deberán ahora practicar retención de impuesto cuando los usen para el pago de bienes y/o servicios sujetos a retención.                                                                                       Recuperación de Retenciones Acumuladas

Se modifica el artículo 10 en los siguientes términos: Se designa como órgano competente para conocer y decidir sobre la solicitud de recuperación de retenciones acumuladas a la Gerencia Regional de Tributos Internos, por lo cual ya no será la División de Recaudación de dicha Gerencia quien reciba y decida sobre tales solicitudes.

Seelimina el siguiente texto:

“Aquellos contribuyentes que efectúen solicitudes que contemplen saldos acumulados correspondientes a períodos de imposición anteriores de la entrada en vigencia de la presente Providencia Administrativa, no podrán introducir nuevas solicitudes hasta tanto la Administración Tributaria no se haya pronunciado sobre la misma.”

“…igualmente, podrá solicitarse queacompañen las declaraciones correspondientes a los períodos que reflejan tal acumulación de retenciones.”


Oportunidad para practicar las retenciones.

Artículo 14. La retención del impuesto debe efectuarse cuando se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero, independientemente del medio de pago utilizado.

La novedad en este artículo es cónsona con la...
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