ANTECEDENTES DE LA CONTABILIDAD
CÓDIGO DE COMERCIO
Art. 33. Él comerciante estáobligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a lascaracterísticas particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:
A) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectardichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.
B) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultadolas cifras finales de las cuentas y viceversa.
C) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio.
D) Permitirá conectar y seguir la huella entre lascifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales.
E) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registrode operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, sedeberán llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor, y en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas.
Art. 35. En el libro mayor se deberán anotar, comomínimo y por lo menos una vez al mes, los nombres o designaciones de las cuentas de contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total de movimiento de cargo o crédito acada cuenta en el periodo y su saldo final.
Art. 36. En el libro o los libros de las actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de...
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