Apelación
ARTS. 602 – 612 C. P. C. y M.
Procedencia Art. 602 C. P. C. y M.:
- Los autos que resuelvan excepciones previas
Que pongan fin al proceso.
- Las sentencias definitivas dictadas enPrimera El juez seguir conociendo: Ultima notificación
Instancia.Art. 604 C. P. C. y M.
- Los autos que pongan fin a los incidentes que se3 días
Tramiten en cuerda separada1. De los incidentes que se tramitan en pieza separada,
- Las resoluciones que no sean de mera tramitación formadaantes de admitirse la apelación; Interposición
Dictadas en los asuntos de jurisdicción voluntaria. 2.De todo lo relativo a bienes embargados, su conservación
Y custodia; de su venta, sihubiere peligro de pérdida o
Deterioro y de lo relacionado con las providencias24 hrs.
Cautelares; y3. Del desistimiento del recurso interpuesto, si no se hubieren OCURSO...
Regístrate para leer el documento completo.