Artículo 49 edicion 2011 "constitucion colombia"
La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección yrecuperación de la salud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios deeficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control.
Así mismo, establecer lascompetencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.
Los servicios de salud se organizarán enforma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.
La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita yobligatoria.
Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.
El porte y el consumo de sustancias de estupefacientes o psicotrópicas están prohibidos, salvoprescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadoras de la ley se establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas queconsuman dichas sustancias.
El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere el consentimiento informado del adicto.
Así mismo el estado dedicara especial atención al enfermo dependiente oadicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad,y desarrollara en forma permanente en campañas de prevención contra el consumo de drogas sustancias de estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos.
El presenta acto legislativo...
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