Art 57 bis
Los contribuyentes acogidos a este beneficio podrán descontar de su declaración de Impuesto anual a la renta, como crédito contra el ImpuestoGlobal Complementario o el Impuesto Único de Segunda categoría, según corresponda, un 15% del Ahorro Neto positivo utilizado en el ejercicio.
Los instrumentos o valores deben ser extendidos a nombre decontribuyente en forma unipersonal y nominativa, dentro de los cuales se consideran, los certificados de depósito a plazo, las cuentas de ahorro bancarias, las cuotas de fondos mutuos, las cuentas deahorro asociadas a los seguros de vida, siendo requisito imperativo que éstos no sean a plazo fijo de menos de un año.
TOPES A CONSIDERAR del 57 BIS
SALDO AHORRO NETO
No puede excederanualmente y debe ser la cantidad menor entre
a.- el 30% de la Base Imponible de la persona
b.- Con un tope máximo de 65 UTA
Cada Aporte o Retiro efectuado, se considera proporcionalmente al númerode meses que restan hasta el término del año calendario.
La diferencia entre el total de aportes y de retiros constituye su Saldo de Ahorro NetoAño 1
Año 2
01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12Inversión Retiro
4.000.000 6.000.000 31-dic Abril Operación Renta
10 meses 10 meses Ahorro neto
para fin de año parafin de año
4.000.000 x 10/12 6.000.000 x 8/12
3.333.333 4.000.000 -666.667Si el Saldo de Ahorro Neto es positivo, es decir, si durante el año se hicieron proporcionalmente más aportes que rescates, la persona puede rebajar el...
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