Articulo 19 antes y despues de la reforma
Rescatando los puntos más importantes sujetos a la reforma de este artículo destacan:
Anteriormente este articulo versaba que ninguna autoridadjudicial podía exceder de 72 horas máximo para retener al indiciado a su disposición salvo se justificara con un auto de formal prisión en el que se expresaran: el delito que se impute al acusado; ellugar, tiempo y circunstancia de ejecución, así como los datos que arrojara la averiguación previa, los que deberán ser bastantes para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidaddel indiciado.
Es decir ante esto era necesario que el indiciado fuera culpable de responsabilidad del delito para poder ser sujeto a proceso y este mismo proceso el culpable lo llevaba bajoprisión preventiva, de tal forma que se violaban sus garantías antes de adjudicarle una sentencia.
Otra de las deficiencias de este articulo anteriormente era que aplazaba el acceso a la justicia de lavictima ya que para poder sujetar a proceso al indiciado, la autoridad ministerial se tenia que cerciorar que éste tuviera responsabilidad del delito por tanto la averiguación previa y su prorrogaatrasaban el inicio del proceso.
Articulo 19 constitucional después de la Reforma.
El auto de formal prisión que ahora se utiliza, como su nombre lo indica, significa en principio la prisiónpreventiva del o los acusados durante el proceso. Para su emisión se debe probar que el hecho es idéntico a la conducta prohibida por la ley y que no plica alguna justificación, y esto por parte de el juezcuando: deincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestros, delitos cometidos con medios violentos como armas o explosivos, asi como delitos en contra de la nación, el libre desarrollo dela personalidad y de la salud. o el ministerio publico lo solicitara al juez en casos específcos.
Al eliminarse la formalidad de la averiguación previa y la necesaria acreditación al cuerpo del...
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