Articulo
e) Ley 5965/58 de la Provincia de Buenos Aires, de protección de las fuentes de provisión y de los cursos y cuerposreceptores de agua y de la atmósfera. Su objeto es evitar la contaminación de dichos elementos.
Así, por ella, se prohíbe el envío de efluentes residuales, sólidos, líquidos o gaseosos de cualquierorigen, a la atmósfera, canalizaciones, arroyos, acequias, riachos, ríos y a toda otra fuente, que importe una degradación del aire o de las aguas, sin que previamente se efectúe un tratamiento dedepuración o neutralización de tales residuos que los convierta en inocuos e inofensivos para la salud de la población.
LOS DESAFÍOS DEL DERECHO AMBIENTAL EN EL SIGLO XXI
El principal desafío parael derecho ambiental en las próximas décadas será desmitificar y separar lo juridico y científico de lo "religioso o pseudo religioso y magico de corte fetichista y politeista" que invocan en formapermanente y sistemática muchas sectas religiosas con fachada de ONG.
Creencias estas que suelen confundir, por la prosecución de otros fines, a la población en general haciendo creer que todocontamina y es perjudicial sin entender conceptos como uso sustentable.
Revertir la tendencia que convierte sistema jurídico en un mero apéndice del status quo jurídico-político, en campo singular de lainflación legal, apenas distinguible de las otras ramas del derecho por los nuevos bienes jurídicos asignados a su tutela, las nuevas técnicas periciales, algunos cambios procesales y la tipificaciónde nuevas conductas delictivas.
En el presente y hacia el futuro inmediato, el derecho ambiental deberá reflexionar sobre sus propios fundamentos teóricos y principios jusfilosóficos a fin deavanzar hacia la formación de una cultura legal ambiental fundada en el ejercicio democrático de los derechos ambientales, dependientes de los derechos fundamentales y, especialmente, los derechos a la...
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