Bacano
TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES
Artículo 1º: El Código de Ética del Colegio de Ingenieros de Chile tiene por objeto establecer las responsabilidades y señalar lasnormas de conducta que deben observar los ingenieros con la sociedad y entre sí.
Artículo 2º: El ingeniero al inscribirse en el Registro del Colegio, deberá comprometerse a cumplir las disposicionesdel presente Código.
Es deber imperativo de los ingenieros mantener una conducta moral y profesional del más alto nivel en defensa del prestigio y de los derechos de la profesión y velar por sucorrecto ejercicio.
Artículo 3º: El ingeniero debe siempre tener presente que la sociedad delega en él una gran responsabilidad, encargándole la realización de sus más importantes proyectos, o biendesignándolo en funciones relevantes.
TITULO II DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Artículo 6º: Los ingenieros ejercerán su profesión únicamente en las áreas en que son competentes, observando cuidadosamente losprincipios, leyes y normas de la ingeniería.
Artículo 7º: Los ingenieros considerarán el impacto social y ambiental de sus decisiones en los proyectos en todas sus etapas de desarrollo,materialización y abandono, cuando corresponda.
Artículo 8º: Las declaraciones de los ingenieros deben ser objetivas y veraces. Si tuvieren algún interés personal en algún asunto profesional en que actúen,deberán manifestar ese interés.
TITULO III DE LAS RELACIONES ENTRE PROFESIONALES
Artículo 13º: Los ingenieros deben hacerse responsables de los trabajos realizados por ellos o bajo su supervisióndirecta y certificarlos con su firma. Pueden hacerse responsables y firmar trabajos hechos por otros, si éstos están bajo su dependencia jerárquica y después de que se hayan revisado y verificadoapropiadamente.
Artículo 14º: Los ingenieros pueden revisar proyectos o trabajos ejecutados por otros colegas informándolos previamente de ello, y dándoles oportunidad de complementar los antecedentes...
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