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Páginas: 16 (3997 palabras) Publicado: 24 de septiembre de 2014
EJECUCION Y POSIBLE NO EJECUCION DE
LAS MEDIDAS DE INSTRUCCIÓN

Las medidas de instrucción son procedimientos ordenados a petición de las partes o de oficio por el juez y tendentes a establecer la realidad y la exactitud de los hechos sobre los cuales versa una dificultad jurídica o un litigio.

Las medidas de instrucción en el proceso civil pueden darse en todo estado del pleito, a vecesaun en conciliación o en el curso de la decisión; tienen carácter incidental.

Pueden ser ordenadas también al margen de todo proceso, por vía principal (de medidas cautelares o de recurso de urgencia), siempre que exista un motivo legítimo para conservar o establecer la prueba de hecho de que puede depender la solución de un litigio eventual (información, tasación pericial para el futuro,especialmente).

Los Jueces de fondo son soberanos para apreciar la procedencia o no de una medida de instrucción, sobre todo cuando el Juez, al rechazar el pedimento de comparecencia personal, ordenó un informativo, oportunidad que el impetrante desaprovechó al no asistir a la audiencia. B.J.1042.173

Los Jueces de trabajo tienen la facultad de apreciar la necesidad de ordenar nuevas medidas deinstrucción, lo que implica que pueden denegar cualquier medida de instrucción al considerarse edificados sobre los hechos que se pretenden probar con la medida solicitada. B.J.1048.405, 464,498; B.J.1059.629; B.J.1060.620,933; B.J.1061.842; B.J.1067.641; B.J.1068.582.

El Tribunal está obligado a ejecutar la medida de instrucción que ordena a menos que la parte que promovió la medida renuncie aella o que aparezcan pruebas nuevas antes de la celebración de dicha medida, suficientes para suplir las que se obtendrían con la ejecución de la sentencia que la ordenó o que la ejecución devenga imposible. B.J.1057.386.

Siendo privativo de los Jueces de fondo ordenar o no una medida de instrucción dentro de sus soberanos poderes de apreciación, no se produce lesión al derecho de defensa cuandose rechaza una medida por considerar suficientemente ilustrados los hechos de la causa. B.J.1058.346; B.J.1059.365; B.J.1064.690,800; B.J.1066.738; B.J.1067.178; B.J.1069.168

Aunque el Art. 11-inciso 9 de la L. Reg. T. concede a los Jueces poderes discrecionales para ordenar medidas, solo pueden rechazar una de esas medidas cuando se determine que es innecesaria o frustratoria, dada lanaturaleza de los elementos de juicio del caso debatido. B.J.1058.614

El Juez debe pronunciarse sobre las medidas de instrucción, sobre todo cuando así lo requiera una de las partes en interés de combatir un incidente de prescripción, cuya suerte bien pudo acumularse para decidirse con el fondo, en virtud del Art.534 del C.Tr. B.J.1062.568

Si el Juez de Jurisdicción Original había celebrado uninformativo a cargo del recurrente y luego se determinó que desaparecieron las notas estenográficas de esa audiencia, no debió negar otra celebración de esa medida para que dicho recurrente pudiera reproducir los testimonios o presentar otros testigos, pues con ello violó su derecho defensa. B.J.1062.595

Los tribunales son soberanos para apreciar si las medidas solicitadas en un asunto que interesaal orden público son necesarias o si se trata de medidas dilatorias. B.J.1065.382.

Entra en el poder de los Jueces ponderar si el asunto se encuentra suficientemente instruido o si es necesario ordenar otras medidas. B.J.1066.753

Aún cuando una medida de instrucción haya sido celebrada en un tribunal distinto, si los resultados de la misma son depositados en otro tribunal, las actascorrespondientes forman parte de los documentos del expediente que se conoce y como tales tienen que ser ponderados por éste último, deduciendo de su análisis, las consecuencias que fueren de lugar. No. 14, Pl., Jun. 1999, B. J. 1063.

El tribunal de envío puede fundamentar su decisión en las medidas de instrucción efectuadas por el tribunal cuya sentencia fue casada, siendo facultativo para él,...
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