Boletines
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México, D. F. a 5 de diciembre de 2003
A TODA LA MEMBRESIA A LOS INTERESADOS EN LA INFORMACION FINANCIERA
Adjuntamos el Boletín D3 “Obligaciones Laborales”, preparado y aprobado por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C., después de haber cumplido con el proceso de auscultación establecido por los estatutos. Como resultado de la auscultación se realizaron algunos cambios que mejoraron el contenido de este boletín. Durante el proceso de auscultación se recibieron comentarios respecto al tratamiento de la amortización de las variaciones en supuestos y ajustes por experiencia, en el sentido de permitir de manera optativa una amortización más acelerada con relación a la planteada en el Boletín, conforme con las normas internacionales. La CPC después de analizar los argumentos, consideró que no es conveniente establecer diferentes métodos de amortización, dadas las características de volatilidad de los supuestos actuariales y las necesidades de comparabilidad de los estados financieros, lo cual no se aparta de la normatividad internacional. El propósito de este boletín es incorporar el tema de remuneraciones por otros beneficios posteriores al retiro, para dejar sin efecto la circular 50 “Tasas de interés a utilizar para la valuación de las obligaciones laborales y aplicación supletoria de principios de contabilidad, relativa a las obligaciones laborales”. Adicionalmente, se eliminó el tema de pagos imprevistos para incluir en su lugar el relativo a “Remuneraciones al término de la relación laboral” definiéndolas como las remuneraciones que se otorgan a los trabajadores cuando concluyen su relación laboral antes de alcanzar la edad de retiro. Distinguiendo dos situaciones: · Terminación de la relación laboral por causa de reestructuración · Terminación de la relación laboral por causa distinta de reestructuración Estableciendo que en las remuneraciones pagadas al término de la relación laboral por causa de reestructuración se deben seguir los lineamientos para este tema, mencionados dentro de
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las provisiones en el Boletín C9 “Pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos”. En el caso de las remuneraciones pagadas al término de la relación laboral por causa distinta de reestructuración, se establece que se deben seguir las reglas de valuación y revelación requeridas para las remuneraciones al retiro por pensiones y prima de antigüedad, para lo cual, deberán determinarse las obligaciones por beneficios proyectados, por beneficios actuales y su costo neto del período, así como los demás conceptos relativos. En este tema se permite la opción, al momento de la adopción de este Boletín, del reconocimiento inmediato en resultados del activo o pasivo de transición o su amortización de acuerdo a la vida laboral remanente promedio de los trabajadores. Las disposiciones contenidas en este Boletín son obligatorias a partir de su publicación, excepto lo relativo a las remuneraciones al término de la relación laboral, cuya fecha de vigencia será a partir del 1 de enero de 2005.
ATENTAMENTE
C.P.C. Luis Moirón Llosa Vicepresidente de Legislación
C.P.C. Alberto Napolitano Niosi Presidente de la Comisión de Principios de Contabilidad
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Boletín D3 Obligaciones Labor ales
Contenido
Párrafos Preámbulo Objetivo Alcance Introducción y conceptos generales Remuneraciones laborales Remuneraciones directas Remuneraciones al término de la relación laboral Remuneraciones al retiro 1 – 3 4 5 6 – 16 6 – 16 7 8 9 – 16 13 – 16 17 – 19 17 18 – 19 20 – 27 20 – 23 24 – 26 27 28 29 – 86 ...
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