Canon Minero
Según el ordenamiento jurídico peruano, el Canon Minero es la participación efectiva y adecuada dela que gozan los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales) y los Gobiernos Regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de losrecursos mineros (metálicos y no metálicos). Así, efectuada la recaudación del Impuesto a la Renta, el Estado por intermedio de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo deMinistros (PCM) transfiere un porcentaje de los ingresos captados por dicho concepto a las zonas en donde se explotó el recurso minero.
El monto de la transferencia será depositado en CuentasEspeciales, las cuales se abrirán en el Banco de la Nación. Cabe señalar que los montos transferidos no revierten al Estado.
Inicialmente se distribuía entre los Gobiernos Locales de acuerdo al criterio deárea de influencia del yacimiento explotado y densidad poblacional.
Los Gobiernos Locales, constituidos por las municipalidades provinciales y distritales, tenían la siguiente distribución:
a) 20% deltotal recaudado para las municipalidades de la provincia o provincias en que se encuentra localizado el recurso natural.
b) 60% del total recaudado para las municipalidades provinciales y distritalesdel departamento o departamentos donde se encuentra localizado el recurso natural, según criterio de densidad poblacional.
c) 20% del total recaudado para los gobiernos regionales en cuyo...
Regístrate para leer el documento completo.