CAP TULO V

Páginas: 38 (9482 palabras) Publicado: 28 de abril de 2015
CAPÍTULO V.
INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL PROCESO
ARTÍCULO 168. CAUSALES DE INTERRUPCION.  El proceso o la actuaciónposterior a la sentencia se interrumpirá:
1. Por muerte o enfermedad grave de la parte que no haya estado actuando por conducto de apoderado judicial, representante o curador ad litem.
2. Por muerte o enfermedad grave del apoderado judicial de alguna de las partes, o por exclusión del ejercicio de la profesión de abogado o suspensión en él.
3. Por la muerte del deudor, en el caso contemplado en elartículo 1434 del Código Civil.
4. Por muerte o enfermedad grave del representante o curador ad litem que esté actuando en el proceso y que carezca de apoderado judicial.
La interrupción se producirá a partir del hecho que la origine, pero si éste sucede estando el expediente al despacho, surtirá efectos a partir de la notificación de la providencia que se pronuncie seguidamente. Durante lainterrupción no correrán los términos y no podrá ejecutarse ningún acto procesal, con excepción de las medidas urgentes y de aseguramiento.




ARTÍCULO 169. CITACIONES.  El juez, inmediatamente tenga conocimiento del hecho que origina la interrupción, ordenará citar al cónyuge, a los herederos, al albacea con tenencia de bienes, al curador de la herencia yacente o a la parte cuyo apoderado falleció o fue excluido o suspendido del ejercicio de la profesión, según fuere el caso.
Los citadosdeberán comparecer al proceso personalmente o por conducto de apoderado, dentro de los diez días siguientes a su notificación. Vencido este término, o antes cuando concurran o designen nuevo apoderado, se reanudará el proceso.
El albacea, el cónyuge, el curador de la herencia yacente y los herederos, serán notificados como lo proveen los numerales 1. y 2. del artículo 320, en la direccióndenunciada por la parte para recibir notificaciones personales; la parte mediante telegrama dirigido al mismo lugar, cuando en la sede del despacho existe el servicio, y en su defecto como lo disponen los citados numerales.
Quienes pretendan apersonarse en un proceso interrumpido, deberán presentar las pruebas que demuestren el derecho que les asista. La petición se formulará y tramitará como loestablece el artículo52.
Si la parte favorecida con la interrupción actúa en el proceso después que ésta se produzca, sin que alegue la nulidad prevista en el numeral 5. del artículo 140, ésta quedará saneada.




ARTÍCULO 170. SUSPENSION DEL PROCESO.  El juez decretará la suspensión del proceso:
1. Cuando iniciado un proceso penal, el fallo que corresponda dictar en él haya de influir necesariamente en la decisión del civil, a juicio del juez que conoce de éste.
2. Cuando la sentenciaque deba dictarse en un proceso, dependa de lo que deba decidirse en otro proceso civil que verse sobre cuestión que no sea procedente resolver en el primero, o de un acto administrativo de alcance particular cuya nulidad esté pendiente del resultado de un proceso contencioso administrativo, salvo lo dispuesto en los Códigos Civil y de Comercio y en cualquiera otra ley.
No obstante, el...
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