CASOS DE EMERGENCIAS
Si a pesar de todo te ves afectado por una situación de emergencia en el extranjero, tanto la red de Embajadas y Consulados como la Dirección General deEspañoles en el Exterior, Asuntos Consulares y Migratorios podrán asistirte en caso de necesidad.
Antes de contactar con la Embajada o Consulado, es conveniente comprobar qué puede hacer una Embajada oConsulado por ti.
Una de los contratiempos más frecuentes en el extranjero es la pérdida o sustracción de la documentación. En este caso, la Embajada y/o Consulado puede expedir, en horario deoficina, un documento de viaje con validez limitada. Si necesitas más información, puedes consultar la sección Pasaporte y otra documentación.
En caso de detención, tienes derecho a solicitar a lasautoridades locales que se pongan inmediatamente en contacto con el Cónsul de España. Las Embajadas pueden prestar asistencia a los detenidos: notificar la detención si así lo desea el detenido,visitarle periódicamente, entregarle y recibir mensajes y correspondencia. Si necesitas más información, puedes consultar la sección Asistencia consular.
En caso de urgencia médica grave o accidentesevero en el extranjero, puedes contactar con la Embajada y Consulado más cercano. Podremos ayudarte a contactar con tus familiares y con la compañía de seguro médico.
En caso de fallecimiento de unfamiliar o allegado en el extranjero, consulta el apartado Otros servicios consulares.
Si te ves afectado por una catástrofe natural, atentado terrorista o crisis política, puedes dirigirte a laEmbajada o Consulado más cercano o a la Unidad de Emergencia Consular.
La Unidad de Emergencia Consular atiende las emergencias y consultas en horario de oficina en el teléfono 913948900. Fuerade este horario, y siempre en caso de que se trate de una emergencia grave, se puede contactar con el Ministerio en el teléfono 913799700.
Las Embajadas y Consulados disponen de un teléfono de...
Regístrate para leer el documento completo.