Causas De Justificaci N Del Delito
Derecho
Erick Sebastián Gascón Azar
Derecho Penal
Causas de justificación del delito
Profesor: Sergio Maravillas Lemus
Calificación:
Observaciones:
Introducción:
Las causas de justificaciones son aquellas condiciones que tienen el alcance de impedir que se configure el delito. Es decir que excluyen por un elemento de las Causas de
Justificaciones la antijuricidad de una conducta típica, es decir de una conducta que contiene
una pena en el Código Penal.
Se entiende, como un aspecto negativo del delito, ya que a pesar de la apariencia de delito
del acto u omisión cometidas resulta conforme a derecho que se aplican las causas
eliminatorias de la antijuricidad o causas de licitud.
Nuestro Código se refiere a estas causas con el nombre de Circunstancias Excluyentes de la
Responsabilidad contenidas en los principales artículos que hacen hincapié en lo que se
quiere defender, los bienes jurídicos tutelados clasificados indistintamente del artículo 1 al 29
en la Carta Magna.
Estas consideraciones al actor del delito no deben de ser confundidos ya que a su vez se presentan excedentes en la acción que se presenta, no hay una racionalidad de los medios,
hay una provocación dolosa y la acción simplemente nunca existía pero se abusó de la
justificación para eximirse del delito.
Desarrollo:
Lo anterior hace énfasis en grosso modo de lo que nos concierne y se desarrollará en el
siguiente apartado:
Existen diversas causas de justificación del delito, comúnmente conocidas como circunstancias excluyentes en el Código Penal que para el 2016 estará unificado en uno solo
(federal) o como el aspecto negativo del delito; todas hacen alusión a los casos específicos
en los que se puede combatir la fuerza contra la fuerza, por estar en estado de necesidad,
legítima defensa, cumpliendo un deber que es equiparable a la obediencia jerárquica, al ejercicio de un derecho, a estar en estado de interdicción, protegiendo un bien jurídico
tutelado (propio o ajeno) o en algunos casos muy especiales en los que se trata de conocer
la ley y se intentó de muchas formas que se podría acercar mucho a los estados de
interdicción aunque hace contradicción al principio de “No conocer la ley no te exime de tu
cumplimiento”.
Estas causas aparecen configuradas en el artículo 29.
Aparte de estas causas descritas en la ley, existen otras que son superficiales que casi
nunca son contempladas aunque si existen, estan son las decisiones de la autoridad
competente en las que exoneran porque son casos especialisimos
Primero tendremos que entender porque existen estos casos y después explicaremos cada
uno con sus características específicas.
Siempre que se comete un delito, existen 3 causas que se tienen que llenar para que se
equipare con un tipo penal contenida en el Código Penal; La atipicidad (que a su vez se
ramifica), la conducta y el tipo penal, cuando el acto cometido se acerca al delito, se puede
decir que habrá las mencionadas causas de justificación que atenuará la pena o hasta la
extinguirán.
Estas causas se utilizaran porque habrá siempre un interés de por medio como la opinión pública entre otros factores. También podrá ponerse por delante el Bien Jurídico Tutelado
que sea menos valioso, es decir, el que importe más será el que menos se tendrá que ver
afectado.
Causas de Justificación:
1.
La Legítima Defensa:
Esta es una de las causas más polémicas, ya que hay veces en las
que puede ser usado como un medio de justificación para cometer un delito, y viceversa, hay veces en las que se decide que no se configure porque se cree que fue usado como un
medio para amortiguar el dolo de la acción, es por eso que se crearon diferentes
características que tienen que presentar la legítima defensa para que sea válida (Aun con
esto sigue siendo difícil que se clasifique como legítima defensa).
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