CELULARES MODERNOS
AQUÍ ALGUNAS SOLUCIONES:
1. Instalación de ascensor. Las obrassolicitadas por propietarios con discapacidad o mayores de setenta años tienen carácter obligatorio y no requieren acuerdo de la junta de vecinos, siempre que el coste no supere las doce mensualidades.En caso de que sí las supere, se necesitará el voto de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. Si no se alcanza dicho acuerdo, él o lospropietarios que así lo estimen podrán hacer frente al coste de las obras.
2. Exención de gastos a locales. El propietario del local, al igual que el resto de los propietarios, tiene la obligaciónde contribuir en función de su coeficiente de participación a los gastos generales de la comunidad, salvo que exista una cláusula de exoneración en los estatutos o un acuerdo adoptado al respecto porunanimidad.
3. Ruidos. Todo propietario afectado por los ruidos de su vecino podrá solicitar al presidente de la comunidad que le envíe un escrito solicitando su cese. Si hace caso omiso, lacomunidad podrá adoptar el acuerdo por mayoría simple de entablar una acción de cesación. Si no se adoptara dicho acuerdo, el propietario afectado podrá emprender dicha acción.
4. Arreglo de elementoscomunes o privativos. Las obras que un propietario realice en el interior de su casa y que no afecten a elementos comunes, no necesitarán del consentimiento de la comunidad para su ejecución. Essuficiente con informar al presidente de la comunidad.
En caso de que una obra provoque daños en la propiedad privada, el propietario afectado tendrá derecho a recibir una indemnización por los deterioros...
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