Civil ii

Páginas: 9 (2046 palabras) Publicado: 22 de febrero de 2011
CUESTIONARIO DERECHO CIVIL II

1.- Qué es la Posesión y cuales son sus características según el Código Civil?
La Posesión según el art. 771 del Código Civil es: "La tenencia de una cosa o el goce de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o por medio de otra persona que detiene la cosa o ejerce derecho en nuestro nombre.
Características:
A) Es legitima
B) No interrumpida
C)Continua
D) Pacifica

2.- Clases de Posesión y definirlas.
Artículo 430 Código Civil: Posesión natural es la tenencia de una cosa o el disfrute de un derecho por una persona. Posesión civil es esa misma tenencia o disfrute unidos a la intención de haber la cosa o derecho como suyos. Posesión Legitima; Posesion viciosa, Posición de Buena y Mala Fe. Posesion Inmediata e inmediata, Posesion simple ytenencia
3.- Qué es un Interdicto y cuáles son sus tipos?
Es el procedimiento especial mediante el cual el poseedor de un bien o un derecho solicita al estado se le proteja su derecho posesorio ante un despojo, una perturbación o el dano posible que se desprenda de una obra vieja o nueva que le perjudique
Nuestra legislación contempla los siguientes interdictos:
a) Interdicto de amparo,mantenimiento o queja.(posesorios)
b) Interdicto de despojo o restitutorio (posesorios)
c) Interdicto de obra nueva (prohibitivos)
d) Interdicto de daño temido o de obra vieja. (prohibitivos).

4.- A qué jurisdicción corresponde el conocimiento de los Interdictos?
Al Juez de Primera Instancia en lo civil y mercantil de la Circunscripción Judicial situada la cosa. Respecto de la posesiónhereditaria es el de la jurisdicción del lugar donde se haya abierto la sucesión.

5.- Cuando procede un Interdicto?
Procede cuando se trata de posesión de un inmueble, de un derecho real inmobiliario o una universalidad de muebles.

6.- Quién puede solicitar un Interdicto Restitutorio, en qué lapso y contra quién?
Según el Art. 783 del Código Civil el interdicto de despojo de restitución puedeintentarlo “Quien haya sido despojado de su posesión, cualquiera que ella sea, de una cosa mueble o inmueble, puede dentro del año del despojo, pedir contra el autor de el, aunque fuere el propietario, que se le restituya la posesión”.

7.- Qué es un Interdicto de Amparo y cuando debe intentarse?
El interdicto de amparo es una acción de tutela de la posesión, concedida al poseedor legítimo de uninmueble, de un derecho real o de una universalidad de bienes muebles (artículo 782 del Código Civil). La acción posesoria de amparo debe intentarse dentro del año, a contar desde la perturbación. El artículo 700 del Código de Procedimiento Civil
Es la acción ejercida con el objeto de obtener el cese de actos de perturbación o turbación de que se queje el poseedor contra el autor del hecho.

8.-Qué es un Interdicto de Obra Nueva?
Es la acción entablada por quien se cree perjudicado en su posesión o derecho con la construcción de una obra nueva, tiende a que se suspenda su continuación. El interdicto de obra nueva se encuentra preceptuado en el artículo 785 del Código Civil el cual refiere:“… Quien tenga razón para temer que una obra nueva emprendida por otro, sea en su propio suelo, seaen el suelo ajeno, cause perjuicios a un inmueble, a un derecho real o a otro objeto poseído por él puede denunciar al Juez la obra nueva, con tal que no esté terminada y de que no haya transcurrido un año desde su principio

9.- Qué efecto produce un Interdicto de Obra Nueva?
Si el juez prohíbe la continuación de la obra nueva, las precauciones se dirigirán a procurar el resarcimiento deldaño que produjo la suspensión de la obra para en una eventual sentencia definitiva. Si se autoriza la continuación de la obra, las precauciones tendrán por objeto garantizar la demolición o reducción de una obra y el respectivo resarcimiento del daño, ello no obstante del permiso que se le otorgo de haber continuado la obra.

10.- Cual es el fin de un Interdicto de Obra Vieja y cúales son los...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Civil II
  • Civil II
  • Civil ii
  • Civil Ii
  • Civil II
  • civil II
  • Civil ii
  • Civil Ii

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS