Civil iii

Páginas: 12 (2897 palabras) Publicado: 16 de noviembre de 2011
TEMA 114

Sustituciones hereditarias: Sus clases./ Reglas respectivas con especial consideración de la sustitución fideicomisaria./ Cláusula de residuo./

Regulación: Libro III :“De los diferentes modos de adquirir la propiedad”.
Título 3º: “ De las Sucesiones”.
Capitulo 2º: “De la herencia”.
Sección 3ª : “De la sustitución”. Arts. 774 a 789 C.C.Sustituciones hereditarias: sus clases. Reglas respectivas, con especial consideración a la sustitución fideicomisaria.

CONCEPTO

Pueden ser definidas como aquellas disposiciones testamentarias por la que el testador llama a un tercero a la herencia o legado, en defecto de otra persona o después de ella.

CLASES

1- SUSTITUCIÓN DIRECTA: Por la que se llama a una persona endefecto del primer favorecido, (sustitución vulgar),
2- SUSTITUCIÓN INDIRECTA: Por la que se llama a una persona después de otra, (sustitución fideicomisaria),
3- SUSTITUCIÓN PUPILAR: En ella el Padre y demás Ascendientes del impúber lo que tratan es evitar la sucesión intestada de éste, nombrando quién debe ser su heredero,
4- SUSTITUCIÓN EJEMPLAR: Llena el mismocontenido que la anterior y se regula para el supuesto de que la incapacidad para testar del sustituido mayor de 14 años, sea debida a enajenación mental.

Veamos cada una de ellas:

1- Sustitución vulgar.

Según ROCA-SASTRE MUNCUNILL, es aquella disposición testamentaria en virtud de la cual el testador nombra a un segundo o ulterior heredero (o legatario) para el caso o enprevisión de que el anterior heredero instituido (o legatario llamado) no llegue efectivamente a serlo por no poder o no querer.

Esta idea palpita en el art. 774 C.C. que dice...

A esta sustitución se la califica de directa para indicar que el sustituto no recibe la herencia a través del instituido sino directamente del testador, sin ningún tipo de limitaciones por razón de otrosllamamientos.

En cuanto a su naturaleza jurídica, la doctrina mayoritaria española la considera como una institución condicional, pues el llamamiento al sustituto depende de un hecho futuro e incierto como es el que el primer instituido no quiera o no pueda aceptar la herencia. Por lo que esta sustitución se regirá supletoriamente por los artículos relativos a la institución de heredero condicional(arts. 790 a 805 C.C.). Frente a esta posición, algunos autores como ROCA SASTRE o LACRUZ consideran que se trata más bien de una mera previsión sucesoria del testador, y los hay que adoptan una postura intermedia entre las dos teorías citadas.

Es importante determinar en qué momento se produce la delación hereditaria y en cual ha de tener capacidad el sustituto para heredar. La delación afavor del sustituto tiene lugar, o cuando se extingue, sin que su titular adquiera la herencia, el derecho a ella o ius delationis que nació de la institución (por ejemplo por repudiación del instituido), o al momento de la muerte del causante, si tal derecho no llegó a nacer ( por ejemplo, cuando el instituido premurió al causante).
Si al morir el testador, el instituido vive y es capaz y lainstitución no es nula, recibe la delación, y el sustituto adquirirá una expectativa de la suya. En caso contrario (premoriencia o incapacidad del heredero) no hay delación para él, y si la hay para el sustituto desde el momento de la muerte del testador.

En cuanto a la posible colisión de esta sustitución con el derecho de trasmisión del art. 1006 C.C. que dice...se puede resolver lacuestión estableciendo que fallecido el heredero sustituido con posterioridad al causante ( una vez abierta la sucesión), sin haber aceptado ni repudiado, pasará a los suyos el derecho que el mismo tenía.( El derecho a aceptar o repudiar la herencia.)Si bien hay en la doctrina opiniones contrarias.
Por otro lado es lógico que el sustituto vulgar pueda hacer uso de la facultad que concede el art....
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