Clase 5

Páginas: 8 (1982 palabras) Publicado: 25 de marzo de 2015
Tributacion Clase 5

15/09/2014

TRIBUTACION
Apremios y Sanciones

SEPTIEMBRE DEL 2014 – Clase 5

Docente: Adolfo Juan Canales Guentelicán
Contador Auditor

INFRACCION
Definición RAE: Transgresión, quebrantamiento de una
ley, pacto o tratado, o de una norma moral, lógica o
doctrinal.
INFRACCION

SANCION (Castigo)

Las SANCIONES se clasifican en corporales, si afectan a
la persona del infractor, ypecuniarias, si afectan a su
patrimonio.

Adolfo Canales Guentelican - Contador
Auditor

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Tributacion Clase 5

15/09/2014

INFRACCION Y SANCION
Sanciones corporales sólo se aplican en el caso de
infracciones más graves, constitutivas de DELITOS
TRIBUTARIOS, y consisten en penas privativas o
restrictivas de la libertad personal - presidio, reclusión,
relegación - que van siempre acompañadas desanciones
pecuniarias.
Los delitos tributarios se exige casi siempre que esté
presente el dolo, lo que se revela porque en la mayoría de
las figuras delictivas, la ley ha empleado las expresiones
"maliciosamente" o "a sabiendas". Estas expresiones
obligan al intérprete a poner especial cuidado en la
comprobación de la existencia de dolo, y al SII, la
necesidad de acreditarlo.

APREMIO
Definiciónde la RAE:
Recargo de contribuciones o impuestos por causa de
demora en el pago.
En algunos casos implica el arresto del infractor, decretado
por la Justicia Ordinaria, hasta por quince días con el
objeto de obtener el cumplimiento de las obligaciones
tributarias respectivas.
Procede en determinadas infracciones, como ocurre en el
retardo en el pago de impuestos sujetos a retención o
recargo(Artículo 97º Nº 11), el entrabamiento a la
fiscalización (Artículo 97º Nº 6) y cuando el contribuyente
apercibido para que ponga al día su contabilidad, no lo
hiciere en el plazo fijado (Artículo 97º Nº 7).

Adolfo Canales Guentelican - Contador
Auditor

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Tributacion Clase 5

15/09/2014

INFRACCIONES
Las infracciones más leves, generalmente denominadas
infracciones administrativas, traen consigo sólosanciones
pecuniarias: multa, clausura.
En las infracciones administrativas puede no haber dolo;
en general, debe asumirse que de parte del infractor ha
mediado culpa o negligencia.
Artículo 97 C.T. El Nº 3º sanciona la presentación de
declaraciones incompletas o erróneas, a menos que el
contribuyente pruebe haber empleado la debida diligencia;
el Nº 4º, a su vez, sanciona como delito, lapresentación de
declaraciones maliciosamente falsas.

Articulo 97: De las infracciones y sanciones
1º.- El retardo u omisión en la presentación de
declaraciones, informes o solicitudes de inscripciones en
roles o registros obligatorios, que no constituyan la base
inmediata para la determinación o liquidación de un
impuesto, con multa de una unidad tributaria mensual a
una unidad tributaria anual. (127)En caso de retardo u omisión en la presentación de
informes referidos relacionados con terceras personas,
requerido posteriormente bajo apercibimiento por el
Servicio, el contribuyente no da cumplimiento en el plazo
de 30 días, se le aplicará además, una multa que será de
hasta 0,2 UTM por cada mes o fracción de mes de atraso y
por cada persona que se haya omitido. No podrá exceder
a 30 UnidadesTributarias Anuales,

Adolfo Canales Guentelican - Contador
Auditor

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Tributacion Clase 5

15/09/2014

Articulo 97: De las infracciones y sanciones
2º.- El retardo u omisión en la presentación de
declaraciones o informes, que constituyan la base
inmediata para la determinación o liquidación de un
impuesto, con multa de 10% de los impuestos que resulten
de la liquidación, siempre que dicho retardou omisión no
sea superior a 5 meses. Pasado este plazo, la multa
indicada se aumentará en un 2% por cada mes o fracción
de mes de retardo, no pudiendo exceder el total de ella del
30% de los impuestos adeudados.

Articulo 97: De las infracciones y sanciones
2º.- El retardo u omisión en la presentación de
declaraciones o informes, que constituyan la base
inmediata para la determinación o...
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