Comentario de sentencia robo
1. Circunstanciasmodificativas de la responsabilidad penal que aprecia en el supuesto.
Bien jurídico protegido es la propiedad y el objeto de la acción es la supuesta cosa robada.
Artículo 238.
Son reos del delitode robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
2 Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
Artículo 240.El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
Analizados los hechos nos encontramos con Jose Manuel que se le imputa un supuesto delito derobo con fuerza en las cosas, por intentar – existencia de dolo - apropiarse del supuesto dinero existente en el interior de un establecimiento público dedicado a actividad comercial, para lo cualfractura un crista de una ventana y accede en su interior, no consiguiendo beneficio alguno al estar cerrado por causas independientes de su voluntad.
Por otro lado, el acusado actua provisto depasamontañas.
Este acusado ya ha sido condenado ejecutoriamente por un delito de robo.
Las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal que se aprecian son:
- Agravante de disfraz,al intentar ocultar su identidad y buscar su impunidad. – Art. 22.2 del Cod.Penal.
- Agravante de reincidencia, al haber sido condenado ejecutoriamente por el mismo delito que se le imputa ahora, y...
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