Como efectuara una demanda
JUEZ CIVIL DEL MUNICIPAL DE BARRANQUILLA (REPARTO)
E. S. D.
AIDEE GALINDO DE RIVERA,mujer mayor de edad y vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 32.627.288 de Barranquilla Atlántico, abogada titulada en ejercicio con Tarjeta Profesional Nº 56.137 del C. S.de la Judicatura, actuando en mi condición de endosataria en procuración para el cobro Judicial del señor STEVEN J RIVERA GALINDO, mayor de edad, identificada con CC. Nº 72.246.953 de Barranquilla,domiciliado y residente en esta ciudad de Barranquilla, en su condición de representante legal de la Cooperativa de Crédito libre y de Servicio “COLSERVICOOP”, domiciliado y residente en esta ciudadde Barranquilla, en donde aparece como beneficiario de Letra De Cambio (Título Valor), girado a su nombre, para promover la presente Demanda Ejecutiva Singular de Mínima cuantía, en contra de laseñora CONCEPCION RICARDO, mayor de edad, e identificada con CC. Nº 25.985.798 de Barranquilla, domiciliado en la ciudad de barranquilla respectivamente y de acuerdo con los siguientes;HECHOS
1. La señora CONCEPCION RICARDO, giró a la orden de, la Cooperativa de Crédito libre y de Servicio “COLSERVICOOP”, Letra De Cambio (Título Valor) Nº 1/4 desde el día19 de enero de 2011, por la suma de DOS MILLONES CIENTO VEINTI NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($2.129.952).
2. El título valor tiene fecha de vencimiento el día 19 de abril2011dentro del cual comienza a correr los intereses moratorios.
3. En el título valor que adjunto a la presente demanda, presta merito ejecutivo por contener una obligación clara, expresa, y actualmenteexigible, por lo que puede demandarse al tenor del artículo 488 del C. P. C.
PRETENSIONES
1. Libre mandamiento ejecutivo de pago a favor de la Cooperativa de Crédito libre y de...
Regístrate para leer el documento completo.