Comprobación de valores

Páginas: 8 (1830 palabras) Publicado: 5 de octubre de 2014
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Sobre la comprobación de valores
de bienes inmuebles a efectos tributarios
Liberato Mariño Domínguez
(IberForo-Sevilla)
I.

INTRODUCCION

b)

En este breve artículo trataré de resumir el resultado
de mi experienciaprofesional de más de quince años en
las reclamaciones económico-administrativas y recursos
contencioso administrativos que me he visto obligado a
interponer en defensa de los intereses de mis clientes
(principalmente empresas inmobiliarias), contra los actos
administrativos de comprobación de valor de bienes
inmuebles urbanos dictados por las Delegaciones
Provinciales de la Consejería deEconomía y Hacienda de
la Junta de Andalucía, referidos a las escrituras públicas
que contienen actos o contratos sujetos a gravamen en el
ITP y AJD en sus modalidades de transmisiones
patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados, y,
más concretamente, a la exigencia establecida por la Ley
General Tributaria, las normas reguladoras de este
Impuesto y la jurisprudencia que las interpreta,de que las
valoraciones, cuando el valor comprobado sea superior al
declarado, sean suficientemente motivadas, de forma que
el sujeto pasivo conozca los criterios y elementos
concretos y específicos tenidos en cuenta por el Perito de
la Administración al efectuar su valoración y pueda, en su
caso, impugnarlas acudiendo a la tasación pericial
contradictoria.

FACULTAD DE COMPROBACIÓN DELVALOR REAL DE
LOS BIENES Y MEDIOS A UTILIZAR. POSIBILIDAD DE
IMPUGNACIÓN.

La Administración puede comprobar el valor real de
los bienes y derechos trasmitidos, comprobación que se
llevará a cabo por los medios establecidos en el art. 52 de
la Ley General Tributaria, entre los que figura el dictamen
de Peritos de la Administración, que es el utilizado por
ésta.
Si el resultado de lacomprobación arroja un valor
superior al declarado, la Administración tiene la obligación
de notificar al sujeto pasivo el valor comprobado
simultáneamente a la notificación de la liquidación
complementaria que practique en base a ese valor.
Las valoraciones practicadas por la Administración,
cuando supongan un aumento de la base imponible
respecto de la declarada, tienen que ser motivadas, osea,
deberán expresar de forma concreta los hechos y
elementos que la motivan.
A este respecto, la jurisprudencia tiene establecido lo
siguiente:


II.



Que no son válidos los informes genéricos o
indeterminados. La ambigüedad o imprecisión
hacen ineficaz la comprobación de valores. La
valoración ha de contener los criterios y
elementos concretos que la justifican.



Antesde entrar directamente en el examen de la
práctica seguida por la Consejería de Economía y
Hacienda de la Junta de Andalucía en la comprobación de
valores de los bienes inmuebles urbanos sujetos a
gravamen por el ITP y AJD, parece necesario recordar
brevemente lo que establece sobre esta materia la
normativa vigente (Texto refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1993, de 24 deSeptiembre y
Reglamento aprobado por Real Decreto 828/1995, de 29
de mayo).

a)

Que la valoración tiene que ser realizada por
Perito con título adecuado a la naturaleza de los
bienes, destinado en el lugar donde estos se
encuentren situados y no donde se presenta el
documento.

No es motivación suficiente la referencia
genérica a los valores de mercado, ni siquiera en
el caso de lasempresas inmobiliarias.

NORMATIVA ACTUAL

BASE IMPONIBLE.

La base imponible del Impuesto en la modalidad de
“Transmisiones Patrimoniales Onerosas” está constituida
por el “valor real” del bien transmitido o del derecho que
se constituya o ceda. El concepto de valor real hace
referencia al verdadero del bien y puede coincidir o no con
el valor declarado por los interesados o con el...
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