Conferencia diplomatica
I. CONVENCIÓN SOBRE LA PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE COMPRAVENTA Parte I. Disposiciones sustantivas Ámbito de aplicación:Artículos 1 2 3 4 5 6 y 7; Duración y comienzo del plazo de prescripción Artículos: 8, 9, 10,11y12
Cesación y prórroga del plazo de prescripción: Artículos: 13 al 21
Modificación del plazo de prescripción por las partes Artículo 22
Límite general del plazo de prescripción Artículo 23
Efectos de la expiración del plazo de prescripción Artículos 24 al 27
Cómputo del plazo de prescripción: Artículo 28y29
Efectos internacionales: Artículo 30
Parte II. Aplicación: Artículo 31 al 33
Parte III. Declaraciones y reservas: Artículos 34 al 40
Parte IV. Cláusulas finales: Artículo 41 al 46
A. Ámbito de aplicación B. Duración y comienzo del plazo de prescripción
C. Cesación y prorroga del plazo de prescripción D. Límite general del plazo de prescripción E. Efectos de la expiración del plazo deprescripción
F. Otras disposiciones y cláusulas finales
1. La Convención sobre la prescripción en materia de compraventa internacional de mercaderías (denominada en adelante la Convención sobre la prescripción de 1974) se concertó en Nueva York, el 14 de junio de 1974. El 11 de abril de 1980 se concertó en Viena un Protocolo de la Convención sobre la prescripción de 1974 (denominado en adelanteProtocolo de 1980).
2. La Convención sobre la prescripción de 1974 y el Protocolo de 1980 entraron en vigor el 11 de agosto de 1988, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 44 de la Convención sobre la prescripción de 1974 y el párrafo 1) del artículo IX del Protocolo de 1980. 3. De conformidad con el párrafo 2) del artículo XIV del Protocolo de 1980, el Secretario General ha
preparado eltexto de la Convención sobre la prescripción de 1974, en la forma enmendada por el Protocolo de 1980, que se incluye a continuación.
4. En el presente texto han sido incorporadas las enmiendas pertinentes a los artículos de la Convención sobre la prescripción de 1974, según lo dispuesto en el Protocolo de 1980. A los efectos de facilitar la referencia, el texto de las disposiciones originales de laConvención sobre la prescripción de 1974 que han sido enmendadas por el Protocolo de 1980 se reproducen en notas a pie de página. En el presente texto también han quedado incorporadas las disposiciones sustantivas (cláusulas finales) del Protocolo de 1980 que correspondía incluir, así como correcciones editoriales. A los artículos pertinentes del Protocolo de 1980 que han sido incorporados en elpresente texto enmendado de la Convención sobre la prescripción de 1974 se les han asignado números bis a los efectos de la claridad, con la indicación entre paréntesis del número correspondiente en el Protocolo de 1980.
Los Estados Partes en la presente Convención,
Considerando que el comercio internacional constituye un factor importante para fomentar las relaciones amistosas entre los Estados,Creyendo que la aprobación de normas uniformes que regulen el plazo de prescripción en la compraventa internacional de mercaderías facilitaría el desarrollo del comercio mundial, Han convenido en lo siguiente: Parte I. Disposiciones sustantivas Ámbito de aplicación
Artículo 11. La presente Convención determinará los casos en que los derechos y acciones que un comprador y un vendedor tengan...
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