Constitucion de cadiz
Dicha constitución, específicamente y respecto anuestra materia preceptuaba lo siguiente: Que al Rey, le correspondía (art.171),declarar la guerra y hacer ratificar la paz,proveer todos los empleos civiles y militares, mandar los ejércitos y armadas ynombrar los generales,*por ultimo, disponer de la fuerza armada, distribuyéndola como mas conviniera.
Sin embargo,los poderes del monarca no eran absolutos y se le limitaba para realizar lossiguientes actos (art.171): No podía hacer alianza ofensiva con ninguna potencia extranjera, sin el consentimiento expreso de las cortes.
Por otra parte y con el objeto de equilibrar el poder del Rey con eldel pueblo se dispuso que correspondía a las cortes, constituidas por diputados representantes de los habitantes del territorio español (Mpéxico en él , las siguientes facultades:Aprobar antes de suratificación los tratados de alianza ofensiva,conceder o negar la administración de tropas extranjeras en el reino, fijar to todos los años a propuesta del rey, las fuerzas de tierra y mar,determinando las que se debían de estar en pied en tiempo de paz aumentándolas en tiempo de guerra, dar ordenanzas al ejercito, armada y milicia nacional en todos los ramos que lo constituyen; dar o negar suconsentimiento en todos aquellos actos y casos previstos en la Constitucion.
Dentro del texto de los artículos del 356 al 365 de la constitución Gaditana se estudía con respecto a las fuerzas...
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