Correduría pública
ARTICULO 8o.- Para ser corredor se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio desus derechos civiles y políticos;
Fracción reformada DOF 23-01-1998
II.- Contar con título profesional de licenciado en derecho y la cédula correspondiente;
III.- No haber sido condenado,mediante sentencia ejecutoriada, por delito intencional que merezca pena corporal; y
IV.- Solicitar, presentar y aprobar el examen para aspirante y el examen definitivo, habiendo obtenido la habilitacióncorrespondiente.
ARTICULO 9o.- Para la realización de los exámenes se estará a lo siguiente:
I.- Para el examen de aspirante se deberá:
a) Contar con título de licenciado en derecho yacreditar una práctica profesional de por lo menos dos años;
b) Presentar solicitud ante la Secretaría, la que, dentro de los noventa días naturales siguientes a su fecha de recepción, notificarádirectamente o a través del colegio respectivo, la fecha y el lugar para la sustentación del examen; y
c) Presentar el examen de acuerdo con lo que disponga el reglamento. La Secretaría le notificará elresultado al día siguiente.
II.- Para el examen definitivo se deberá:
a) Haber obtenido la calidad de aspirante a corredor;
b) Acreditar una práctica de por lo menos un año en el despacho dealgún corredor o notario público; y
c) Presentar la solicitud correspondiente, observándose en lo conducente lo que dispone el inciso b) de la fracción I anterior.
ARTICULO 10.- El examendefinitivo será sustentado ante un jurado que se integrará como sigue:
I.- Un representante de la Secretaría, el cual deberá tener por lo menos nivel de director general o contar con designaciónespecífica del Secretario de Comercio y Fomento Industrial, y sin cuya presencia no podrá celebrarse el examen;
II.- Un representante del Gobernador del Estado o del Jefe del Departamento del Distrito...
Regístrate para leer el documento completo.