Criterio de oportunidad
Quetzaltenango, Doce de abril de dos mil Díez.----------------------------------------------------
Se tiene porrecibida la solicitud por la Agente Fiscal María José De Paz Barrientos, la cual se agrega a sus antecedentes y------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO: Quenuestra ley procesal establece Criterio de Oportunidad Cuando el ministerio público considere que el interés público o la seguridad ciudadana no están gravemente afectados o amenazados, previoconsentimiento del agraviado y autorización judicial, podrá abstenerse de ejercitar la acción penal en los casos siguientes: 3) en los delitos de acción pública, cuya pena máxima de prisión no fuere superior acinco años. En el presente caso se le confirió participación al ene acusador, a efecto se pronunciara al respecto, por lo que a manifestarse indico no tener objeción alguna en cuanto a la EXTINCIÓN dela ACCIÓN PENAL a favor de la Señorita Yuri Amanda Huitz López , toda vez que se han cumplido los requisitos de ley, del estudio de las actuaciones procesales se estima que en el presente casoconcurren los presupuestos legales para decretar el archivo del presente proceso a favor de la acusad Yuri Amanda Huitz López, así como la extinción de la acción penal, y así debe de resolverse.DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES: Artículos 5, 1, 24, 25,25 bis del Código Procesal Penal.--------------------------------------------------------------------------
PARTE RESOLUTIVA: Este Juzgado con fundamentoen lo considerado y leyes citadas al resolver declara: I) Se autoriza al Ministerio Publico se abstenga de ejercitar la acción Penal en el presente caso aplicando el CRITERIO DE OPORTUNIDAD a favorde Yuri Amanda Huitz López, por el delito de Hurto simple. II ) la aplicación del criterio de oportunidad provocara al archivo del proceso por el termino de un año, al
vencimiento del cual se...
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