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CAPITULO 1.- CONCEPTOS GENERALES:
ART. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- El presente Código regula la conducta de los profesionales de la Arquitectura, en su ejercicio profesional y en las relaciones que derivan de ese ejercicio, con personas naturales o jurídicas.
ART. 2.- HONOR PROFESIONAL.- El profesional de la Arquitecturapropenderá con su conducta, a mantener el honor y la dignidad de su profesión.
ART. 3.- DEL EJERCICIO PROFESIONAL.- Los Arquitectos ejercerán la profesión bajo cualquiera de las modalidades descritas en la Ley de Ejercicio Profesional y su Reglamento, con las limitaciones, prohibiciones e incompatibilidades contempladas por el derecho común y por la legislación especial que rige a la profesión.
a)Ejercicio Libre de la Profesión.
Se entiende por ejercicio libre de la profesión, aquel en el cual el arquitecto se desempeña sin sometimiento o relación de dependencia de ninguna naturaleza.
En ésta modalidad el Arquitecto puede desempeñarse individualmente, en colaboración con otros colegas debidamente colegiados o en asociación con ellos. Lacolaboración y la Asociación pueden ser permanentes o referidas a determinados trabajos específicos; la Asociación puede ser de hecho o de derecho conforme las disposiciones legales pertinentes;
b) Ejercicio en Función Pública
Se entiende por Arquitecto empleado o funcionario público al que de manera permanente o temporal, mediante nombramiento o por contrato, presta susservicios como tal, en cualquier dependencia de la Administración del Estado: Central, Autónoma o Seccional; y,
c) El Ejercicio Bajo Dependencia Laboral Privada.
Es Arquitecto en ejercicio bajo dependencia laboral privada, aquel que ejerce su profesión bajo relación de dependencia laboral con cualquier persona natural o jurídica del sector privado.
ART. 4.- AUTONOMÍA DEL EJERCICIOPROFESIONAL.- El Profesional de la Arquitectura, en el libre ejercicio de su profesión, o en relación de dependencia, actuará con plena independencia y autonomía de criterio; será personalmente responsable de su producción y deberá renunciar y rechazar ante el Directorio Provincial o los organismos competentes cualquier interferencia o presión que pretenda desviar su conducta y desvirtuar suproducción.
ART. 5.- RESPONSABILIDAD SOCIAL PROFESIONAL.- En razón de la función social de la Arquitectura, que debe satisfacer los requerimientos del hábitat y dar testimonio de la cultura a través del tiempo, el profesional de la Arquitectura está obligado y es responsable de la observancia y respeto de las normas de convivencia social, de propugnar el análisis crítico de su medio y de propender aldesarrollo socio-especial.
ART. 6.- RESPONSABILIDAD EN FUNCIONES DECISORIAS.- El profesional de la Arquitectura que deba actuar en calidad de perito, experto, arbitro, mediador, informante, jurado de concursos, miembro de comisiones o tribunales, etc; procederá con la más absoluta imparcialidad, procurando siempre obtener la mayor información y conocimiento del asunto sometido a su juicio, aefectos de que su actuación se enmarque en la responsabilidad de la representación y el mantenimiento del prestigio de la profesión.
CAPITULO II.- INCOMPATIBILIDAD EN EL EJERCICIO PROFESIONAL.
ART. 7.- Existe incompatibilidad en el Ejercicio Profesional de la Arquitectura, en los casos siguientes:
a) Participar mediante contrato o nombramiento en los estudios, elaboración deproyectos, dirección de obras, preparación de bases o especificaciones técnicas, calificación de ofertas o resoluciones de adjudicación y decisiones de contratación, si es accionista o tiene interés económico con la persona natural o jurídica que pueda participar en el concurso, ejecutar la obra o proveer los equipos y/o materiales;
b) Intervenir en calidad de...
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