Código civil

Páginas: 733 (183096 palabras) Publicado: 8 de junio de 2010
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 7 DE AGOSTO DE 2009.

Código publicado en el Periódico Oficial, el viernes 25 de junio de 1999.

CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

EL C. ROGELIO MONTEMAYOR SEGUY, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:

QUE EL CONGRESO DEL ESTADOINDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;

DECRETA:

NUMERO: 315

CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO
DE COAHUILA DE ZARAGOZA

TÍTULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES SOBRE LA LEY EN GENERAL

ARTÍCULO 1. Las disposiciones de este título, salvo precepto expreso en contrario, son comunes a todo el derecho positivo del Estado de Coahuila de Zaragoza y las de este código son supletorias, en loconducente, de las demás leyes coahuilenses.

(ADICIONADO, P.O. 19 DE AGOSTO DE 2005)
El Estado protegerá a la familia, a la que reconoce como la agrupación primaria natural y fundamental de la sociedad.

ARTÍCULO 2. Las leyes del Estado se aplicarán a todos los habitantes de Coahuila sin distinción de personas, cualquiera que sea su sexo o nacionalidad, estén domiciliados en el Estado o se hallenen él de paso. Las leyes que establecen excepciones a las reglas generales no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las mismas leyes.

ARTÍCULO 3. Las leyes, reglamentos, o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos simultáneamente en todo el territorio del Estado tres días después de su publicación en el PeriódicoOficial.

En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial, para que las leyes, reglamentos y demás disposiciones de carácter legal, se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por cada trescientos kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad.

Si la ley, reglamento o disposición deobservancia general, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día.

ARTÍCULO 4. EL Gobernador del Estado podrá disponer a su juicio, que mediante la prensa, la radio, la televisión o cualesquiera otros medios de difusión, se expliquen al pueblo, y con la reiteración que estime conveniente, los alcances de los ordenamientos que se publiquen en el periódico oficial.

ARTÍCULO5. La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente, o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la anterior.

ARTÍCULO 6. Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.

ARTÍCULO 7. La costumbre es norma jurídica general únicamente cuando la ley expresamente remita a ella.

ARTÍCULO8. Salvo que se trate de normas dispositivas, la voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla.

ARTÍCULO 9. Sólo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten directamente al interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de terceros.

ARTÍCULO 10. Para que la renuncia surta efectos se requiere que no quede dudaacerca de cual es el derecho que se renuncia y que se haga en términos claros y precisos.

ARTÍCULO 11. Cuando la renuncia se haga en las cláusulas de un contrato, deberá escribirse literalmente en éste el texto del precepto legal que consigne el derecho renunciado.

ARTÍCULO 12. A ninguna ley o disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

ARTÍCULO 13. Losactos jurídicos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público, o contra la moral y las buenas costumbres, serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario.

ARTÍCULO 14. Las sucesiones por causa de muerte de mexicanos, sean o no coahuilenses, que al ocurrir su defunción estén domiciliados en Coahuila, se regirán por este código en lo que se...
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