Deberes con los colegas
Artículo 14°.- El profesionista debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados
por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados enconjunto.
Artículo 15°.- El profesionista debe repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizando en colaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medidade los posible su desarrollo profesional.
Artículo 16°.- El profesionista debe respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas deberán consultar fuentes de informaciónfidedignas y actuales y buscar asesoría con expertos reconocidos en la materia de que se trate.
Artículo 17°.- El profesionista debe mantener una relación de respeto y colaboración con sus colegas,asesores, subordinados y otros profesionistas, consecuentemente evitará lesionar el buen nombre y el prestigio de éstos ante autoridades, clientes, profesionistas y cualquier otra persona.
Artículo18°.- El profesionista debe abstenerse de intervenir en los asuntos donde otro profesionista esté prestando sus servicios, salvo que el cliente y/o el otro profesionista le autoricen para tal efecto,evitando con ello la competencia desleal.
Artículo 19.- El profesionista debe intervenir en favor de sus colegas en el caso de injusticia.
Artículo 20°.- El profesionista debe apoyar a sus colegasen situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado. \
LOS COLEGIADOS deben:
a) Propender al mejoramiento cultural, moral y material de sus colegas.-
b) Defender a loscolegas perjudicados injustamente en ejercicio de la profesión.-
c) Propende, por todos los medios adecuados, el desarrollo y el progreso científico de la profesión, orientándola como funciónsocial.-
d) Mantener relaciones científicas y gremiales a través del intercambio cultural con organizaciones profesionales afines, nacionales o extranjeras, con el objeto de ofrecer y recibir las...
Regístrate para leer el documento completo.