Decreto 17-2010
Racionalización del Gasto Público
ARTICULOS 74 Y 79
ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS
Articulo 74. Sonatribuciones de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI):
1) Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en la Constitución de
la República, convenios internacionales aprobados por el CongresoNacional en materia tributaria y aduanera, Código Tributario, leyes
especiales y tributarias y aduaneras;
2) Emitir acuerdos de carácter particular y general, a efectos de cumplir
de maneraeficiente las disposiciones en materia tributaria y
aduanera;
3) Resolver de forma definitiva los procedimientos iniciados de oficio a
instancia de parte interesada en el marco de su competencia;
4)Establecer planes y programas de gestión administrativa acorde con
los lineamientos de la política económica y metas de recaudación
anuales acordadas;
5) Establecer y mantener relaciones coninstituciones organismos
nacionales e internacionales y agencias de cooperación vinculadas a
la administración tributaria y aduanera, así como celebrar acuerdos,
contratos y convenios vinculados con eldesarrollo de sus funciones;
6) Promover la cultura tributaria en la población mediante programas de
asistencia, orientación y educación fiscal;
7) Reglamentar la estructura orgánica y funcionalde la Dirección
Ejecutiva de Ingresos (DEI);
8) Emitir el reglamento interno de la institución que regule los derechos,
deberes y obligaciones de los funcionarios y empleados bajo sudependencia dentro del marco legal establecido al efecto;
9) Gestionar la recaudación de los tributos y gravámenes establecidos
en las diferentes leyes en materia tributaria y aduanera;
10)Recuperar losadeudos tributarios y aduaneros a través de los
mecanismos legales;
11)Requerir de terceros públicos y privados toda la información contable,
financiera, bursátil, registral y de cualquier otra...
Regístrate para leer el documento completo.