decreto 40
prevención de riesgos
DS Nº 40
“ REGLAMENTO SOBRE
PREVENCION DE RIESGOS
PROFESIONALES”
Decreto supremo Nº 40
Este decreto cuenta con VI pilares y 24 artículos.
TITULO I
Disposiciones generales.
TITULO II
De las Mutualidades de empleadores y empresas de
administración delegada.
TITULO III
De los Departamentos de Prevención de Riesgos.
TITULO IV
De lasestadísticas de accidentes
TITULO V
De los Reglamentos Internos
TITULO VI
De las obligaciones de informar de los Riesgos
Laborales
TITULO I
Disposiciones generales.
El presente reglamento establece las normas
que regirán la aplicación del Título VII, sobre
Prevención de Riesgos Profesionales y de las
demás disposiciones sobre igual materia
contenidas en la ley 16.744, sobre segurosocial contra riesgos de accidentes del trabajo
y enfermedades profesionales. Asimismo,
establece normas para la aplicación del
artículo 171 del Código del Trabajo.
Para los efectos del presente reglamento se
entenderán por riesgos profesionales los
atinentes a accidentes en el trabajo o a
enfermedades profesionales.
TITULO II
DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES Y
EMPRESAS DE ADMINISTRACIONDELEGADA
Las Mutualidades de Empleadores están
obligadas a realizar actividades permanentes
de prevención de riesgos de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales.
tendrán una organización estable que
permita realizar en forma permanente
acciones sistematizadas de prevención en las
empresas adheridas.
Registro de la magnitud y naturaleza de los
riesgos, acciones desarrolladas yresultados
obtenidos
TITULO II
El personal a cargo de las actividades en
prevención de riesgos de enfermedades
profesionales y de accidentes del trabajo (debe
ser especializado).
Servicio Nacional de Salud deberá calificar su
idoneidad.
la dirección inmediata y los cargos que se
consideren claves, como jefaturas generales y
locales sólo podrán ser ejercidas por expertos en
prevención deriesgos, definidos según lo
dispuesto en el artículo 9º.
Las Mutualidades tendrán personal, contratado a
tiempo completo, para asegurar que efectúen
una prevención satisfactoria en todas las
empresas asociadas.
Titulo II
Al personal experto profesional le corresponda
una proporción promedia individual no superior a
80 empresas.
Según la norma anterior, las Mutualidades no
podránconsiderar al personal técnico que las
empresas asociadas dediquen a la prevención de
riesgos.
El Servicio Nacional de Salud podrá verificar,
cuando lo estime conveniente, la eficiencia de las
actividades de prevención que desarrollen las
Mutualidades.
para este efecto, estarán obligadas a proporcionar
toda información requerida y a llevar a la práctica
las indicaciones que se formulen.TITULO II
Las actividades de prevención que deben
desarrollar las empresas facultadas para
administrar el seguro en forma delegada serán
de carácter permanente, efectivas, basadas en
una organización estable y a cargo de uno o
más expertos en prevención.
Si, el Servicio Nacional de Salud, comprueba el
incumplimiento de las disposiciones anteriores
o ineficiencia en los resultados, ello serácausal
suficiente para que dicho Servicio solicite a la
Suceso la revocación de la delegación.
Las empresas que deseen acogerse a la
administración delegada deberán acompañar,
además de los antecedentes exigidos por el
artículo 28 del Reglamento para la aplicación
de la Ley Nº 16.744.
TITULO III
DE LOS DEPARTAMENTOS DE PREVENCION
DE RIESGOS
Departamento de Prevención de Riesgos
Profesionaleses aquella dependencia a
cargo de: planificar, organizar, asesorar,
ejecutar, supervisar y promover acciones
permanentes para evitar accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales.
Toda empresa que ocupe más de 100
trabajadores deberá contar con un
Departamento de Prevención de Riesgos
Profesionales, dirigido por un experto en
la materia.
La organización de este Departamento
deberá contar...
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