Demandas de acción popular
30 de Marzo de 2007
Corte Constitucional
Estabilidad laboral intermedia
ACCION DE TUTELA-Mujer embarazada que fue separada de un cargo de la Rama Judicial el cual estaba desempeñando en provisionalidad
CARRERA ADMINISTRATIVA-Finalidad
VINCULACION EN PROVISIONALIDAD-Naturaleza/VINCULACION EN PROPIEDAD-Naturaleza
La naturaleza jurídica de cada forma de vinculación–en propiedad y en provisionalidad- es esencialmente diferente. La Corte señaló las relaciones que comunican estos dos tipos de vinculación. En tal sentido, sostuvo que la estabilidad laboral, generalmente atribuida a los nombramientos en propiedad, no es un atributo exclusivo de éstos; al contrario, tal garantía en el caso de “un funcionario que ocupa un cargo de carrera administrativa no se reducepor el hecho de que lo haga en provisionalidad, y aunque dicha estabilidad no es la misma de quien lo hace en propiedad, tampoco puede equiparse su condición laboral a aquélla del funcionario de libre nombramiento y remoción, quien tiene una estabilidad laboral precaria en virtud de la facultad discrecional del empleador”. “…no puede equipararse la situación de quien ocupa en provisionalidad unempleo de carrera, con la de quien ha sido designado para desempeñarse en un empleo de libre nombramiento y remoción. Si bien el empleado en provisionalidad no tiene la misma estabilidad de quien ha ingresado en la carrera, en cuanto que no ha ingresado mediante concurso de méritos, ni está sujeto a calificación de servicios, su permanencia en el cargo no depende de una facultad discrecional delnominador. Tal facultad se predica de los empleos de libre nombramiento y remoción y no puede extenderse a los empleos de carrera aún cuando sean ocupados en provisionalidad. En este evento, el retiro del empleado solo puede obedecer a que el cargo se va a proveer por el sistema de méritos, o a la existencia de una razón suficiente desde la perspectiva del servicio"
EMPLEADO ENPROVISIONALIDAD-Estabilidad laboral intermedia
DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL-No se reduce por ocupar cargo de carrera administrativa en provisionalidad
MUJER TRABAJADORA EMBARAZADA-Protección constitucional especial
FUERO DE MATERNIDAD-Opera independientemente del tipo de relación laboral
PRINCIPIO DE ARMONIZACION CONCRETA-Juez de tutela debe decidir la controversia a favor de la solución quebrinde la protección de los derechos en conflicto
Surge una colisión entre el derecho a la estabilidad laboral del funcionario nombrado en propiedad y la estabilidad laboral reforzada reconocida a la mujer embarazada que debe ser solucionado con base en el principio de armonización concreta con el objetivo de asegurar la simultánea protección de estos derechos. El juez de tutela está llamado adecidir el sentido de las controversias que se le planteen consultando, en primer lugar, el principio de interpretación armónica del texto constitucional, según el cual debe preferirse aquella solución que brinde la más amplia protección de los derechos en conflicto, lo cual supone, a su vez, la existencia de la más alta forma de armonía entre éstos. Este principio de interpretación impone al juez detutela del deber de proteger, dentro del mayor margen posible, los dos derechos que se contraponen. En tal sentido, dado que ambas posiciones son amparadas por el ordenamiento constitucional, el juez debe acoger la solución que mejor las armonice y, así, evitar decisiones que impliquen el desconocimiento absoluto de alguno de los dos derechos.
DESPIDO DE EMPLEADA PUBLICA EMBARAZADA-Debepreceder justa causa mediante resolución expedida por el nominador
DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL INTERMEDIA DE EMPLEADA EN PROVISIONALIDAD-No se vulneró por cuanto existe resolución motivada sobre la separación del cargo
DERECHOS FUNDAMENTALES DE EMPLEADA PUBLICA EMBARAZADA-Pago desde fecha del retiro hasta el parto y tres meses más
Referencia: expediente T-1485813
Acción de tutela...
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