Dercho economico
VALOR CONSTITUCIONAL-Alcance
PRINCIPIO CONSTITUCIONAL-Alcance
VALOR CONSTITUCIONAL-Vulneración directa
CONTRATO ADMINISTRATIVO-Interpretación unilateral por la Administración
ESTADO-Prerrogativas públicas
TEST DE IGUALDAD-Alcance
ADMINISTRACION-Prerrogativas o privilegios
LIBERTAD DE CONFIGURACION LEGISLATIVA EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA-AlcanceCONTRATACION ADMINISTRATIVA-Interpretación unilateral por discrepancias
IGUALDAD EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA-Limitación de una de las partes
En materia de contratación pública no se está en presencia de una situación ab initio de igualdad entre las partes contratantes, sino que una de ellas encuentra limitada su voluntad contractual, la cual se sujeta a severas prescripciones normativas,tanto en lo que al objeto del contrato respecta, como al proceso de selección de contratistas, y demás aspectos relativos a precios, plazos, etc.
CONTRATACION ADMINISTRATIVA-Prerrogativas públicas
TEST DE IGUALDAD EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA-Prerrogativas de la administración
TEST DE IGUALDAD EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA-Interpretación unilateral por administración
Referencia:expediente D-3026
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 15 (parcial) de la Ley 80 de 1993
Actor: Max San Juan Barraza
Magistrado Ponente (E):
Dra. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Bogotá, D.C., noviembre ocho (8) de dos mil (2000)
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y trámite establecidos enel Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
I. ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadano Max San Juan Barraza demandó de manera parcial el artículo 15 de la Ley 80 de 1993 “por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”
Cumplidos los trámites constitucionales y legales propios de losprocesos de inconstitucionalidad, la Corte Constitucional procede a decidir acerca de la demanda en referencia.
II. NORMA DEMANDADA
A continuación, se transcribe el texto de la disposición demandada, conforme a su publicación en el Diario Oficial Nº 41.094 del 28 de octubre de 1993:
"Ley 80 de 1993”
(28 de octubre)
por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de laAdministración Pública
Artículo 15. De la interpretación unilateral. Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones que pueden conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo, interpretará enacto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.
III. LA DEMANDA
El demandante considera que el artículo 15 de la Ley 80 de 1993 viola el artículo 2° de la Constitución, en particular, la obligación del Estado de asegurar “la vigencia de un orden justo”.
El actor señala que el principio pacta sunt servanda, contratos lex interpartes, elcual califica de elemento básico del “instituto contractual” y que en el derecho colombiano se encuentra en el artículo 1602 del Código Civil, constituye presupuesto de un orden justo, pues asegura que las partes que intervienen en un contrato, en ejercicio de su autonomía de la voluntad, estén en una situación de igualdad relativa, esto último en razón de legítimas limitaciones de la autonomía dela voluntad, tales como el interés público o las buenas costumbres.
Dicha igualdad relativa - base de un orden justo - se destruye por completo, mediante la figura de la interpretación unilateral, pues se “potesta al Estado con facultades absolutas y omnipotentes propias de los regímenes monárquicos y no liberales como el nuestro”, pues corresponderá a la administración definir la manera en...
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