Derecho Administrativo
Los recursos administrativos surgen como un remedio a la legal actuación de la administración. Son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición delos particulares para lograr, a través de la impugnación, que la Administración rectifique su proceder. Son la garantía del particular para una efectiva protección de su situación jurídica.
Recursosde Revisión
Los recursos de Revisión operan "aún cuando el acto ha quedado firme", es decir, aún fuera de los lapsos que la ley prevé para su impugnación.
En algunos ordenamientos se designa asícomo aquel mediante el cual se impugnan las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia, en los casos de competencia originaria, a los efectos de la reconsideración por parte de la misma Corte.Este es un recurso que sólo se presentará en la práctica en casos muy excepcionales, tales como si después de haberse dictado la decisión o la sentencia aparecieran pruebas decisivas en el asunto delque se trate, o se prueba que hubo soborno o se cometió algún delito que sirvió de base a la sentencia o decisión.
Nociones Generales
Forma de iniciación: a solicitud del interesado.
Tipo deprocedimiento: revisión de actos
Órgano que resuelve el procedimiento: órgano administrativo que haya dictado el acto objeto del recurso
Plazo máximo resolver y notificar: tenemos dos tipos delapso
1.- Lapso para la interposición:
En efecto, cuando los motivos de la impugnación sean documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial definitivamente firme, que hubiereninfluido de manera decisiva en la resolución del asunto, o cuando la decisión hubiere sido adoptada por cohecho, fraude, violencia o soborno, y ello hubiere quedado establecido en sentencia judicialdefinitivamente firme, el lapso de impugnación será dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la sentencia. Ahora bien, si el motivo hubiere sido la aparición de pruebas esenciales para la...
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