DERECHO CIVIL
DE HECHO
SI LOS CÓNYUGES DEJAN DE CONVIVIR
DE MUTUO DE ACUERDO O DE PETICIÓN DE UN CÓNYUGE
¿QUÉ EFECTOS TIENEN EN COMÚN LA
SEPARACIÓN Y ELDIVORCIO?
Se producen los siguientes efectos:
Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de
convivencia conyugal.
Si la mujer tiene hijos después de los trescientosdías siguientes a
la separación, no se atribuye la paternidad de esos hijos al
marido.
Puede haber cambios respecto a la guarda y custodia de los hijos.
Se revocan losconsentimientos y poderes
que cualquier cónyuge hubiera otorgado al
otro.
No se pueden atribuir bienes privativos al
otro cónyuge en el ejercicio de la potestaddoméstica.
¿QUÉ ES EL CONVENIO REGULADOR?
Cuando se presenta la demanda de separación o divorcio, hay que
adjuntar la “propuesta de convenio regulador”, documento en el
que se pacta loreferente a:
La forma en que se va a ejercer la patria potestad, la persona con quien van a
vivir los hijos y el régimen de estancias y visitas del otro cónyuge.
Qué va apasar con el domicilio conyugal y el ajuar doméstico.
Cuánto va a aportar cada cónyuge a las cargas matrimoniales (deudas
pendientes, etc.) y cuál será la pensión de alimentosen favor de los hijos, así
como sus bases de actualización.
Además, se puede establecer pensión compensatoria para
uno de los cónyuges.
Liquidación del régimeneconómico del matrimonio cuando
proceda.
El juez estudia el convenio y decide si lo aprueba o no
Si no lo aprueba o si no se ha presentado una propuesta conjunta, el
juez dictalas medidas referentes a estos aspectos a su criterio.
Estas medidas se pueden cambiar con un nuevo acuerdo o por
decisión judicial si cambian las circunstancias familiares.
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