DERECHO DE HUELGA
AYALA TANDAZO, Eduardo
BORRERO JIMENEZ, Key.
CABRERA HUERTAS, César.
GRADOS, Jenny Simone.
NAVARRO PALACIOS, Héctor
NAVARRO YANAYACO, Yoni
RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, César
SILUPÚ CASTILLO, Rufino
OTERO RENTERÍA, Darwin
YARLEQUÉ El Ejercicio del Derecho
SALDAÑA, Grecia
de Huelga en el Perú-Derecho V Noche-2012
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INTRODUCCIÓN
El presente trabajo enfocará aspectos importantes delD.L. Nº
25593 “El ejercicio del derecho a Huelga en el Perú” donde
realizamos en primer lugar un análisis detallado de cada uno
de los términos utilizados teniendo en cuenta definiciones de
expertos
en
la
materia,
como
así
de
Organismos
internacionales abocados al tema. Se vale para el análisis
desde tres aspectos fundamentales;
que son los servicios
esenciales,quienes lo determinan y la regulación del derecho
a
huelga.
Toma en primer lugar al definición de la OIT s/ servicios
esenciales; “es aquel cuya interrupción podría poner en
peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona, en toda
o parte de la población”, esto en clara relación a la
posibilidad de introducir restricciones al ejercicio del derecho
a huelga.
El Ejercicio delDerecho de Huelga en el Perú-Derecho V Noche-2012
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Realiza un análisis de la
génesis de la aplicación de este
derecho en la argentina a través de los distintos instrumentos
legales que han reglamentado y reglamentan el mismo,
ofreciendo comparaciones; diferencias y similitudes en la
elaboración de
los marcos legales (leyes, decretos,
reglamentos, etc., en nuestro país)como así también emite
juicios de valor respecto de la legalidad de los mismos y la
extralimitación
o
no
en
cuanto
a
la
circunscripción
(entiéndase como que servicio es considerado esencial o no)
tanto de lo referido al derecho a huelga íntimamente ligados.
En
este
análisis
desconocido
rescatamos
algo
para
nosotros
que es; “Declaración SocioLaboral del
MERCOSUR” del 10 de diciembre de 1998; donde establece:
“todos los trabajadores y las organizaciones sindicales tienen
garantizado el ejercicio del derecho a huelga conforme a
disposiciones
nacionales
vigentes.
Los
mecanismos
de
prevención o solución a conflictos o la regulación de este
derecho no podrán impedir su ejercicio o desvirtuar su
vitalidad (art. 11)”,resaltando aquí no solo la dimensión
colectiva sino la individual del derecho a huelga. En relación
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a la decisión personalísima de cada persona de “hacer o no
hacer huelga, independientemente de estar agremiado o
no”.
Lo que más resaltamos en el análisis es la advertencia; “dejar
la tipificación de las necesidadesal juego de las pretensiones,
al
criterio
de
los
circunstanciales
funcionarios
de
la
Administración del Trabajo, o a la doctrina judicial posterior al
conflicto, que no parece razonable, porque ciertos sectores
sostienen que sus necesidades son todas esenciales, la
Administración del trabajo es propensa a ocupar el escenario,
politizando el problema y la sentenciajudicial no resuelve el
tema, sino las consecuencias”
En síntesis, el presente trabajo de Investigación describe el
marco legal del derecho a huelga y la relación con los
servicios esenciales y la discriminación y diferenciación de
cuales servicios esenciales, instrumentales y comunes, cuales
están
tipificados
en
cada
uno
de
dichos
servicios
(necesidades) y como en lamayoría de los casos se
contradicen la tipificación (esenciales, instrumentales y/o
comunes) en lo que respecta al discurso político-público y a
El Ejercicio del Derecho de Huelga en el Perú-Derecho V Noche-2012
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lo jurídico-legal, creando confusión
conflicto:
“el
a un tercero ajeno al
usuario”
.
Es por ello que a modo de conclusión, cito la ignorancia de la
leyes no...
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