Derecho
La Legitimación en el proceso civil
Aquí, la transmisibilidad en general de los derechos subjetivos, hacen que aparezcan dos especies de legitimaciónarrastrando el derecho común: preciso se hace ratificar en parte las concepciones de nuestra vieja LEC (art 503: A toda demanda o contestación deberá acompañarse necesariamente: 1° el poder que acredite lapersonalidad del procurador, siempre que este intervenga; 2° el documento o documentos que acredite el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener representación legal dealguna persona o corporación o habérsele otro transmitido por herencia o por cualquier otro título. Lo que ha dado lugar a que la doctrina trate por separado de la legitimación originaria que seconfunde con el fondo del asunto y derivativa adquirida por transmisión del supuesto derecho u obligación. Esta construcción, no acorde con modernas doctrinas tiene quizás una gran ventaja: la de excluirhasta hacer de ella un tipo aparte, a la legitimación pasiva en el proceso penal, ya que la responsabilidad penal, no puede transmitirse, no puede ser derivativa.
Pero, la legitimación activa opasiva civiles para ser demandante o demandados en un proceso determinado, concreto es siempre exigible, y como en este dominio, se trata de derecho subjetivo de titularidad singular o extendida de unacantidad de sujeto determinada, la legitimación también está limitada.
La legitimación en el proceso laboral
Ya este orden jurisdiccional, está limitado a los órganos jurisdiccionales del ordensocial a lo que se atribuye, con exclusividad, la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en los litigios que se promuevan dentro de la rama social del derecho; los grupos sociales afectado por elproceso laboral, son los constituido por los empresarios y trabajadores, incluido el Estado, cuando actúe como empresario (art 1 y 2 de LOPJ): el objetivo jurídico, es el contrato de trabajo y una...
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