Derecho
INTRODUCCION
I.DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOS
1.1 DEFINICION
1.2 ARTICULOS SEGÚN EL CODIGO PENAL
II. DELITOS CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES
III. DELITO CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
3.1 ¿QUÉ ES PATRIMONIO?
3.2 ¿QUÉ ES CULTURA?
3.3 ¿QUÉ ES PATRIMONIO CULTURAL Y CUÁL ES SU IMPORTANCIA?
3.4 ¿CUÁLES SON LOS TIPOS DEPATRIMONIO CULTURAL?
3.5 ¿CÓMO SE DESTRUYE EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN?
3.6 ¿QUÉ PASA SI SE DESTRUYE EL PATRIMONIO CULTURAL?
3.7 CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS PATRIMONIALES
3.8 SANCIONES SEGÚN LOS ARTICLOS DEL CÓDIGO PENAL PERUANO
IV.CONCLUSIONES
V.BIBLIOGRAFIA
I. DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR
1.1 DEFINICION
Son las conductas de quienes,de forma intencionada, reproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística, científica o su transformación, interpretación o ejecución artística, fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.Estas infracciones se verán agravadas cuando concurra alguna de estas circunstancias:
1. Obrar con ánimo de lucro.
2. Infringir el derecho de divulgación del autor.
3. Usurpar la condición de autor sobre una obra o parte de ella o el nombre de un artista en una interpretación o ejecución.
4. Modificar sustancialmente la integridad de la obra sin autorización del autor. 1.2 ARTICULOS SEGÚN EL CODIGO PENAL
Artículo 216.- Copia o reproducción no autorizada
Será reprimido con pena privativa de la libertad de uno a tres años y de diez a sesenta días-multa, a quien estando autorizado para publicar una obra, lo hiciere en una de las formas siguientes:
a. Sin mencionar en los ejemplares el nombre del autor, traductor, adaptador, compilador o arreglador.
b. b.Estampe el nombre con adiciones o supresiones que afecte la reputación del autor como tal, o en su caso, del traductor, adaptador, compilador o arreglador.
c. c. Publique la obra con abreviaturas, adiciones, supresiones, o cualquier otra modificación, sin el consentimiento del titular del derecho.
d. d. Publique separadamente varias obras, cuando la autorización se haya conferido parapublicarlas en conjunto; o las publique en conjunto, cuando solamente se le haya autorizado la publicación de ellas en forma separada.
Artículo 217.- Difusión, distribución y circulación de la obra sin la autorización del autor
Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años y con treinta a noventa días-multa, el que con respecto a una obra, una interpretación oejecución artística, un fonograma, o una emisión o transmisión de radiodifusión, o una grabación audiovisual o una imagen fotográfica expresada en cualquier forma, realiza alguno de los siguientes actos, sin la autorización previa y escrita del autor o titular de los derechos:
a. La modifique total o parcialmente.
b. La reproduzca total o parcialmente, por cualquier medio o procedimiento.c. La distribuya mediante venta, alquiler o préstamo público.
d. La comunique o difunda públicamente por cualquiera de los medios o procedimientos reservados al titular del respectivo derecho.
e. La reproduzca, distribuya o comunique en mayor número que el autorizado por escrito.
Artículo 218.- Plagio y comercialización de obra
La pena será privativa de libertad no menor de dos nimayor de ocho años y sesenta a ciento veinte días-multa cuando:
a. Se dé a conocer a cualquier persona una obra inédita o no divulgada, que haya recibido en confianza del titular del derecho de autor o de alguien en su nombre, sin el consentimiento del titular.
b. La reproducción, distribución o comunicación pública, se realiza con fines de comercialización, o alterando o suprimiendo,...
Regístrate para leer el documento completo.