derecho
Si se hubieseaprobado el proyecto de ley signado con el Nº 4181/2010-CR que establece las uniones civiles entre personas del mismo sexo, se habría reconocido a las parejas del mismo sexo idénticos derechos que losque se reconoce a las uniones de hecho, es decir, entre otros, derechos de carácter patrimonial como el de conformar una sociedad de bienes, sujeta a las reglas de la sociedad de gananciales. Deboseñalar, que el régimen legal de las uniones de hecho no es equiparable totalmente al matrimonio (no produce parentesco consanguíneo ni de afinidad, no está permitida la adopción). Sin embargo, se estaríadando un importante primer paso hacia la igualdad y el reconocimiento, respeto y tutela de derechos fundamentales largamente ignorados a las personas del mismo sexo.
Según el proyecto de ley Nº4181/2010-CR en su artículo 1 indica: “se entiende por unión civil la unión conformada libremente por dos personas del mismo sexo, que hayan convivido en una relación de afectividad estable por un períodomínimo de un año y que hayan inscrito la declaración de unión civil en el registro personal de los Registros Públicos”. En este primer artículo, solo tengo una observación, debieron establecerse...
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