derecho
Se resumirán brevemente, a continuación, los argumentos de que se ha valido la doctrina que atribuye nacionalidad a las sociedades. Seguidamente, sereseñarán los criterios empleados para calificar a una sociedad como nacional o extranjera.
En segundo lugar, se reseñarán las críticas que ha recibido la doctrina de lanacionalidad societaria. Finalmente, se expondrán algunas consideraciones acerca de la revisión de la doctrina de la nacionalidad.
I. Doctrina de la nacionalidad de las sociedades
Losautores, en general, reconocen que la atribución de nacionalidad a las sociedades tiene su origen en la analogía entre persona jurídica y persona física[3]. Las sociedades sonconsideradas como sujetos de derecho análogos a las personas físicas debiendo, en consecuencia, gozar de las diversas prerrogativas de que se benefician estas últimas, especialmente enlo relativo a la nacionalidad[4]. Rovira, por su parte, a pesar de considerar que esta analogía es exagerada, recuerda que "sin perjuicio de los fundamentos de orden legal, dichaasignación de nacionalidad ha tenido y tiene serias razones de orden político-económico que la respaldan"[5]. A continuación se analizan sintéticamente unos y otros fundamentos.
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