Derecho
De acuerdo a la Ley Federal de Competencia Económica, pueden considerarseprácticas monopólicas relativas las siguientes:
• Segmentación vertical de mercados;
• Restricción vertical de precios;
• Compras o ventas atadas;
• Exclusividades;• Negativa de trato;
• Boicot;
• Depredación de precios;
• Descuentos por lealtad o transacciones condicionadas;
• Subsidios cruzados;
• Discriminación deprecios; y,
• Elevación de los costos de un rival.
Al evaluar este tipo de acciones y, en especial, para determinar si deben ser sancionadas en términos de la Ley Federal deCompetencia Económica, la Comisión está obligada a realizar una evaluación minuciosa respecto de sus efectos netos sobre el mercado.
Lo anterior, ya que este tipo de conductasocurren en el curso normal de los negocios y sólo en situaciones particulares tendrían como objetivo o como resultado dañar el proceso de competencia. Es más, en muchas ocasiones estasprácticas, lejos de perjudicar a los consumidores, los benefician. Por esta razón, se dice que las prácticas monopólicas relativas deben evaluarse bajo un criterio de razonabilidad.Las prácticas monopólicas relativas pueden sancionarse con:
• La orden de suprimir la práctica monopólica; y
• Multas de carácter administrativo, hasta por el ocho porciento de los ingresos económicos anuales del agente económico responsable.
En caso de reincidencia, la Comisión puede imponer una multa hasta por el doble de la que corresponda.
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