Derecho
Nombre
Reformas al Código Procesal Penal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República, DECRETO 18-2010
Tipo de Documento
DECRETO
Número
18-2010
Órgano Emisor
ORGANISMO LEGISLATIVO, Congreso de la República de Guatemala
Descripción
Reformas al Código Procesal Penal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República.Fecha de Emisión
2010-04-20
Fecha de Promulgación
2010-05-21
Fecha de Vigencia
2010-05-25
Publicado en
DIARIO OFICIAL
Tomo
289
Materia
PENAL.
Derogado Por
Estado
Vigente
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 18-2010
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República deGuatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, siendo su fin supremo el bien común; y que además, es deber del Estado garantizar a sus habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona humana.
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar el texto del Código Procesal Penal, especialmente cuando se aplican otrasleyes que lo complementan en materia de incidentes y de lograr órganos de prueba de peritos, testigos y otras personas, garantizando ciertos beneficios que coadyuvarán a la eficacia en la Administración de Justicia, estableciendo normas claras, precisas y concretas de aplicación por los órganos jurisdiccionales y los responsables de la persecución penal.
CONSIDERANDO:
Que es necesario elestablecimiento de mecanismos para hacer prevalecer los principios de celeridad, oralidad, inmediación, publicidad, contradictorio y debido proceso, promoviendo que el procedimiento sea transparente, breve, concreto y desprovisto de formalismos innecesarios y reglas poco realistas.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la ConstituciónPolítica de la Republica de Guatemala,
DECRETA;
Las siguientes:
REFORMAS AL CÓDIGO PROCESAL PENAL, DECRETO NÚMERO 51-92 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
ARTICULO 1.- Se reforma el artículo 66 del Código Procesal Penal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así:
"Artículo 66.- Competencia y Trámite. La competencia de los impedimentos, excusas y recusaciones,se regulará por lo establecido en la Ley del Organismo Judicial.
El trámite de los impedimentos y excusas se regulará por lo establecido en la Ley del Organismo judicial. Las recusaciones y los incidentes que no sean de los señalados en el párrafo anterior, serán tramitados de conformidad con el artículo 150 Bis de este Código."
ARTICULO 2.- Se reforma el artículo 81 del Código ProcesalPenal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así:
"Artículo 81.- Advertencias preliminares. Al iniciar la audiencia oral, el juez explicará al sindicado, con palabras sencillas y claras, el objeto y forma en que se desarrollará el acto procesal. De la misma manera la informará los derechos fundamentales que le asistan y le advertirá también que puedeabstenerse de declarar y que tal decisión no podrá ser utilizada en su perjuicio. Asimismo, le pedirá que proporcione su nombre completo, edad, estado civil, profesión u oficio, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, lugar de residencia y si fuera el caso, nombre del cónyuge e hijos y las personas con quienes vive, de las cuales depende o estén bajo su guarda.
En las declaraciones quepreste el sindicado durante el procedimiento preparatorio, el juez deberá instruirle acerca de que puede exigir la presencia de su defensor y consultar con él la actitud a asumir, antes de comenzar la declaración sobre el hecho."
ARTICULO 3.- Se reforma el artículo 82 del Código Procesal Penal, Decreto Número 51-92 del Congreso de la República y sus reformas, el cual queda así:
"Artículo...
Regístrate para leer el documento completo.