Derecho
ES
EL
DERECHO?
Desde
el
punto
de
vista
objetivo,
dícese
del
conjunto
de
leyes,
reglamentos
y
demás
resoluciones,
de
carácter
permanente
y
obligatorio,
creadas
por
el
Estado
para
la
conservación
del
orden
social:
Norma
jurídica:
regla
de conducta
cuyo
fin
sea
ordenar
la
convivencia
y
cuya
observancia
puede
ser
impuesta
coactivamente
por
el
poder
del
Estado.
Características:
• Generalidad:
la
norma
está
prevista
y
puede
ser
aplicada
a
una
multitud
de
casos.
• Abstracción:
la
norma aparece
redactada
prescindiendo
de
las
circunstancias
del
caso
concreto.
• Coactividad:
la
norma
tiene
fuerza
de
obligar.
Clases:
• Normas
jurídicas
imperativas
Ejemplo:
“Los
administradores
desempeñarán
su
cargo
con
la
diligencia
de
un
ordenado
empresario
y
de un
representante
leal”
(es
imperativa
porque
impone
algo
sin
poder
ser
modificado)
-‐Imponen
a
sus
destinatarios
una
regulación.
-‐Dotadas
de
eficacia
obligatoria
e
irrenunciable.
-‐Por
lo
que
no
pueden
ser
condicionadas
ni
excluidas
por
las partes.
-‐Constituyen
el
llamado
Derecho
necesario
o
imperativo.
Normas
jurídicas
dispositivas
Ejemplo:
“El
cargo
de
administrador
es
gratuito,
a
menos
que
los
estatutos
establezcan
lo
contrario,
determinando
el
sistema
de
retribución.”(es
dispositiva
porque cabe
la
posibilidad
de
que
se
establezca
algo
contrario)
-‐Reconocen
efectos
a
la
voluntad
de
las
partes.
-‐Establecen
una
regulación
de
carácter
supletorio.
Normas
de
derecho
público
En
ellas
los
poderes
públicos
protegen
intereses colectivos.
Las
partes
se
encuentran
en
situación
de
desigualdad,
una
de
las
partes
actúa
revestida
del
poder
del
Estado.
Ejemplo:
Derecho
fiscal,
penal,
administrativo.
Normas
de
derecho
privado
Regulan
las
relaciones
entre
particulares.
Aquéllas
en que
ninguna
de
las
partes
actúa
revestida
de
poder
estatal.
Ejemplo:
Derecho
civil
y
mercantil.
•
•
•
DERECHO
CIVIL
-‐ Derecho
privado
general
que
regula
las
relaciones
más
comunes
de
la
convivencia
humana.
-‐ Conjunto
de
normas
jurídicas, constitutivas
de
derecho
privado
general,
que
regulan
la
personalidad,
la
familia
y
las
relaciones
patrimoniales
(obligaciones,
derechos
reales
y
sucesiones).
Regulación:
-‐CODIGO
CIVIL
-‐LEYES
CIVILES
ESPECIALES
(ley
de
arrendamientos
urbanos,
ley
de propiedad
horizontal,
ley
de
fundamentos
etc…).
LAS
FUENTES
DE
DERECHO
• Fuentes
materiales
-‐ Grupos
sociales
con
facultad
normativa
creadora.
-‐ A
nivel
estatal:
el
parlamento
o
Cortes
Generales.
-‐ A
nivel
autonómico,
parlamentos...
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